ORDEN 11/2011, de 23 de septiembre, del conseller de Gobernación, por la que se aprueba y entra en vigor el Plan de Emergencia Exterior de la empresa IFF ubicada en el municipio de Benicarló.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Gobernación
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

De acuerdo con el artículo 16 (apartado 2.b) del Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio (BOE núm. 172, de fecha 20.07.1999) por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, los órganos competentes de las comunidades autónomas deberán elaborar y aprobar los planes de emergencia exterior de las empresas afectadas por el mismo.

El órgano competente de la Comunitat Valenciana, en materia de Protección Civil y por tanto, en la elaboración de los mencionados planes, según Decreto 5/2011, de 21 de junio, del president de la Generalitat, es la Conselleria de Gobernación, y la aprobación corresponde según artículo 25 de la Ley 13/2010 de 23 de noviembre, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias, al conseller de Gobernación.

El citado plan ha sido elaborado por la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Emergencias, de la Conselleria de Gobernación de la Generalitat, en colaboración con los responsables de todos los servicios intervinientes de otras administraciones y ha sido informado por la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana en su reunión de 1 de septiembre.

La Comisión Nacional de Protección Civil, en reunión del pleno, celebrada el día 21 de julio de 2011, adoptó el acuerdo de homologación del Plan de Emergencia Exterior de la empresa IFF ubicada en el municipio de Benicarló.

Por cuanto antecede, a tenor de lo establecido en el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre del Consell, y una vez cumplimentados los trámites establecidos en el artículo 12 del Decreto 96/1998, de 6 de julio, del Consell y, emitido el preceptivo informe de la Abogacía General de la Generalitat.

ORDENO

Artículo único

Se...

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