ORDEN 60/2013, de 12 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se crean y regulan para la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y se convocan los correspondientes para el alumnado que ha finalizado sus estudios en el curso 2011-2012.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el capítulo VI del título I, referente a las enseñanzas artísticas, incluye en su sección segunda las enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, que se organizarán en ciclos de formación específica, de grado medio y de grado superior, cuya finalidad es proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales de las artes pláticas y el diseño.

La citada ley establece una semejanza entre estas enseñanzas y las de Formación Profesional en cuanto al nivel académico de los estudios, su organización en ciclos de grado medio y superior, la estructura modular de sus enseñanzas y su finalidad, que es, en ambos casos, la incorporación al mundo laboral.

Los premios extraordinarios correspondientes a las enseñanzas de Formación Profesional se establecen, para la Comunitat Valenciana, por la Orden de 2 de mayo de 2002 (DOCV 10.05.2002).

Siguiendo el modelo anteriormente existente en la Comunitat Valenciana, se establece un reconocimiento dirigido tanto al alumnado de los ciclos formativos de grado medio como al de los ciclos formativos de grado superior de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño.

Así, con la perspectiva de potenciar las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño, y como reconocimiento oficial de los méritos del alumnado que finaliza brillantemente cada etapa educativa, reflejados en su trayectoria académica y profesional basada en el trabajo, el esfuerzo y la dedicación, se ha creído conveniente establecer, en la Comunitat Valenciana, los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y superior, con el deseo de ofrecerles un estímulo para conseguir sus objetivos y una recompensa por haberlos logrado.

Por ello, a propuesta del director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial de fecha 31 de mayo de 2013, de conformidad con la misma, y en virtud de las competencias que me atribuyen el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat,

ORDENO

CAPÍTULO I
Disposiciones preliminares Artículos 1 a 10
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación
  1. Se establecen en la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y superior, y se aprueban las bases que regirán las sucesivas convocatorias.

  2. Se convocan en la Comunitat Valenciana los premios extraordinarios de enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño para el alumnado que ha finalizado sus estudios en el curso 2011-2012.

  3. Anualmente, la consellería competente en materia de educación convocará estos premios para el alumnado que haya finalizado sus estudios en el curso académico anterior a dicha convocatoria.

Artículo 2 Número de premios

Se podrá conceder un premio extraordinario de grado medio y un premio de grado superior por cada familia profesional.

CAPÍTULO II Bases de la convocatoria Artículos 3 a 10
Artículo 3 Condiciones de acceso
  1. Podrá optar a los premios extraordinarios de las enseñanzas artísticas profesionales de Artes Plásticas y Diseño el alumnado que, habiendo finalizado sus estudios en centros educativos de la Comunitat Valenciana, sostenidos con fondos públicos o centros privados debidamente autorizados para impartir dichas enseñanzas, reúnan los siguientes requisitos:

    1. Haber finalizado sus estudios de ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño de grado medio o de grado superior en el año natural al que se refiere la convocatoria.

    2. Haber obtenido una calificación final del ciclo igual o superior a 8,50.

  2. La nota media final del ciclo será la media aritmética de las notas medias ponderadas de los distintos módulos que lo componen, expresada con dos decimales. La nota media ponderada de cada módulo se computará multiplicando el número de créditos del módulo por la calificación final obtenida en este, y dividendo el resultado entre el número total de créditos cursados. En los ciclos formativos donde la duración de los módulos se expresa en horas en vez de créditos, la nota media ponderada de cada módulo se calculará mediante el mismo procedimiento, tomando el número de horas en vez de los créditos correspondientes, como factor de ponderación.

    No se computará la fase de formación práctica en empresas, estudios y talleres a los efectos del cálculo de la nota media final del ciclo formativo, ni tampoco aquellos módulos que hayan sido objeto de convalidación y/o exención.

Artículo 4 Documentación que hay que aportar y presentación de instancias
  1. El alumnado que, reuniendo los requisitos indicados en el artículo anterior, desee optar a los premios extraordinarios, deberá presentar la documentación que se indica en este mismo apartado, preferentemente en el registro general de la consellería competente en materia de educación o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del...

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