DECRETO 26/2009, de 13 de febrero, del Consell, por el que se declara Paraje Natural Municipal el enclave denominado Font del Baladre-Fontanars-Riu d'Agres, en el término municipal de Muro de Alcoy.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 26/2009, de 13 de febrero, del Consell, por el que se declara Paraje Natural Municipal el enclave denominado Font del Baladre-Fontanars-Riu d'Agres, en el término municipal de Muro de Alcoy. [2009/1673] El espacio Font del Baladre-Fontanars-Riu d'Agres corresponde a un tramo del río Agres, afluente del Serpis, a su paso por el término municipal de Muro de Alcoy, a los pies de la Serra Mariola.

Constituye un ejemplo típico de ecosistema de ribera, con flora y fauna características. Presenta un caudal permanente durante todo el año, caracterizado por su elevada calidad, lo que explica el buen estado de conservación de los ecosistemas dulceacuícolas que alberga.

El primer tramo del río, hasta el puente de San Gonzalo, presenta un elevado grado de conservación. Discurre por una zona con una topografía abrupta, con frecuentes meandros y con una vegetación de ribera bien estructurada, en la que se puede diferenciar, en función de su proximidad a la lámina de agua, los bosquetes de ribera en que aparece representada mayoritariamente la asociación Rubo ulmifolii-Nerietum oleandri, integrada por especies perfectamente adaptadas a la inundación temporal y al efecto abrasivo de los materiales transportados, con ejemplares de sauce en las isletas de grava que se forman junto o en medio del cauce; de la alameda (Populetum albae), bosque de galería más próximo al agua, y por último de la vegetación montana, dominada por ejemplares de pino carrasco de gran porte, junto a bosquetes de carrasca con fresnos, nogales y algún olmo disperso, y un estrato arbustivo con especies de interés como el majuelo, la murta y endemismos como la pebrella.

En el segundo tramo, el río discurre por una zona con un relieve más suave y abierto, por lo que se tienen panorámicas mucho más amplias del propio río así como de las zonas colindantes, tanto agrícolas como urbanas, pasando muy próximo al casco urbano de Muro de Alcoy. Es en este sector, en que la ribera se hace más amplia y posee vega, donde la alameda tiene una mayor representación, presentándose formaciones de mayor extensión.

Por lo que respecta al paisaje, desde diversos puntos del paraje se observan magníficas panorámicas de los contrafuertes de la vecina Serra Mariola, con impresionantes cortados de gran altura y belleza, entre los que destaca la vista del Montcabrer, pico emblemático en toda la comarca.

En relación con la fauna, en el entorno del río Agres existe presencia de especies de interés asociada al medio acuático: aparecen peces autóctonos como el barbo mediterráneo y el cacho; además están representadas varias especies de anfibios y reptiles incluidas en el Catálogo Valenciano dentro de la categoría de protegidas, entre las que destaca el galápago leproso; y por lo que respecta a las aves, se puede citar la frecuente aparición de la garza real y la garceta común.

Font del Baladre-Fontanars-Riu d'Agres constituye un espacio natural muy apreciado por los habitantes de Muro de Alcoy como lugar de esparcimiento. Paralelo al cauce existe una senda que lo recorre en toda su longitud desde el área de descanso de la Font del Baladre. Se trata por tanto de un enclave que debido a su riqueza natural, sus valores paisajísticos y la proximidad al núcleo urbano ofrece distintas alternativas para el uso y disfrute por la población, siendo posibles actividades como el paseo, la práctica deportiva o la educación ambiental. Además, en el tramo del río localizado en el entorno del casco urbano se han llevado a cabo trabajos de acondicionamiento y restauración paisajística. Estas actuaciones contribuirán a mejorar las condiciones existentes para el desarrollo de las actividades de uso público y educación ambiental.

Las posibilidades de uso público y la proximidad y vinculación con la población de Muro de Alcoy son el principal hecho diferenciador de este espacio respecto al resto de espacios protegidos del municipio, el Parque Natural de la Serra Mariola y el Paisaje Protegido de la Solana del Benicadell. Asimismo el ámbito del paraje está parcialmente incluido en el Paisaje Protegido del Serpis, declarado recientemente. De esta forma, el Paraje Natural Municipal Font del Baladre-Fontanars-Riu d'Agres pasará a completar y diversificar la amplia oferta del municipio de Muro de Alcoy en relación con los espacios naturales.

Por todo ello y a iniciativa del Ayuntamiento de Muro de Alcoy, la Generalitat, en virtud de lo establecido en el artículo 49.1.10ª del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, que establece, entre otras materias, la competencia exclusiva de la Generalitat sobre espacios naturales protegidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1.23ª de la Constitución Española, considera necesaria la declaración de un régimen especial de protección de los valores naturales de este espacio.

Así, la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana, establece la figura de protección denominada Paraje Natural Municipal, que se regula posteriormente por el Decreto 161/2004, de 3 de septiembre, del Consell, que se adapta a las características de este enclave y permite la vía jurídica idónea para la consecución de los objetivos previstos.

Por ello, en vista a los valores naturales e interés del mismo, del interés del Ayuntamiento de Muro de Alcoy, y habiéndose cumplido los trámites previstos en el Decreto 161/2004, de 3 de septiembre, del Consell, de Regulación de los Parajes Naturales Municipales, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 13 de febrero de 2009, DECRETO

Artículo 1 Objeto 1

Se declara Paraje Natural Municipal la zona denominada Font del Baladre-Fontanars-Riu d'Agres, en el término municipal de Muro de Alcoy, estableciéndose para éste un régimen jurídico de protección, de acuerdo con las normas básicas contenidas en la Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Espacios Naturales Protegidos de la Comunitat Valenciana.

  1. A tenor del interés botánico, ecológico, geomorfológico y paisajístico del paraje y de acuerdo con las funciones recogidas en el artículo 1 del Decreto 161/2004, de 3 de septiembre, del Consell, de Regulación de los Parajes Naturales Municipales, dicho régimen jurídico está orientado a proteger la integridad de los ecosistemas naturales, no admitiéndose uso o actividad que ponga en peligro la conservación de los valores que motivan su declaración.

Artículo 2 Ámbito territorial 1

El Paraje Natural Municipal, con una superficie de 15,314 hectáreas, se localiza en el término municipal de Muro de Alcoy, en la provincia de Alicante, figurando su delimitación descriptiva y gráfica en los anexos I y II del presente decreto, respectivamente.

  1. En caso de discrepancia entre la delimitación descriptiva y la delimitación gráfica, prevalecerá la primera de ellas.

Artículo 3 Administración y gestión 1

La administración y gestión del Paraje Natural Municipal corresponde al Ayuntamiento de Muro de Alcoy.

  1. La dirección general con competencias en espacios naturales protegidos designará un técnico de los servicios territoriales de Alicante de la Conselleria que ostente las competencias en materia medioambiental, el cual prestará asistencia técnica y asesoramiento en la gestión del Paraje Natural Municipal.

Artículo 4

Régimen de protección Con carácter general, podrán continuar desarrollándose las actividades tradicionales compatibles con las finalidades que motivan esta...

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