ORDEN 8/2014 de 17 de abril, de la Conselleria de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se regula la concesión de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional y se convoca la adjudicación de 770 hectáreas de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional de plantaciones de viñedo de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
Rango de LeyOrden

El Reglamento (CE) 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Con· sejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una organización común de mercados de los productos agrarios, establece, en parte II, título I, capitulo III, un nuevo sistema de las plantaciones de vid, basado en autorizaciones de plantación a partir del 1 de enero de 2016.

Ello no obstante, hasta el 31 de diciembre de 2015 sigue vigente el régimen transitorio de derechos de plantación establecido en la parte II, titulo I, capitulo III, sección IV bis, subsección II del Reglamento (CE) núm. 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007 (Reglamento único para las OCM). Dicho reglamento, determina en su artículo 85 undecies que, con el fin de mejorar la gestión del potencial productivo, los Estados miembros crearán una reserva nacional, o reservas regio· nales, de derechos de plantación. Asimismo el artículo 85 duodecies establece las condiciones para la concesión de los derechos procedentes de las reservas.

La Orden 12/2013, de 27 de septiembre, de la Consellería de Presi· dencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, regula la concesión de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional y convoca la adjudicación de 769 hectáreas de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional de plantaciones de viñedo de la Comunitat Valenciana.

Atendiendo a la demanda recibida, la Conferencia Sectorial de Agri· cultura celebrada el pasado 20 y 21 de enero ha asignado 770 hectáreas de derechos de plantación de viñedo de la Reserva Nacional a la Reser· va Autonómica de derechos de plantación de la Comunitat Valenciana.

Considerando que los antecedentes expuestos, procede convocar el total disponible de derechos de la Reserva Autonómica dentro de la actual campaña vitícola. A tal efecto, se convoca la adjudicación de 770 hectáreas de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional de plantaciones de viñedo de la Comunitat Valenciana y se habilita al director general de Producción Agraria y Ganadería para incrementar la oferta hasta el total de superficie de derechos disponible en el momento de la resolución de las solicitudes.

Ello se hace, de acuerdo con la normativa europea en la materia, en el marco de lo previsto específicamente en el Real Decreto 1244/2008, de 18 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunitat Valenciana, y el Decreto 8/2007, de 29 de enero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 2/2005.

Por otro lado, y a efectos de evitar agravios comparativos, procede mantener los requisitos y condiciones de la mencionada Orden 12/2013, de 27 de septiembre. Asimismo, en orden a simplificar la gestión, se reconsiderarán las solicitudes presentadas y no atendidas en su totalidad por agotamiento del total de superficie ofertada conforme a dicha Orden 12/2013, siempre que se presente el escrito indicado en el anejo II de esta orden.

Todo ello al objeto de favorecer el interés general, sobre la base de la mejora de la competitividad de la viticultura de la Comunitat Valen· ciana y conservación de su patrimonio vitícola,

De acuerdo con lo expuesto, oída la Comisión de Trabajo del sector vitícola indicada en el artículo 14.4 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de la Generalitat, de Ordenación del Sector Vitivinícola de la Comunidad Valenciana, y en virtud de las competencias atribuidas a la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por el Decre· to 187/2012, de 21 de diciembre, del Consell, y por el que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Presidencia y de la Consellería de Presidencia y de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua,

DISPONGO

Primero. Objeto

El objeto de la presente orden es regular la concesión de derechos de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional, esta· bleciendo las normas para la presentación de solicitudes, así como la documentación y requisitos exigidos para el reparto y adjudicación de los derechos de plantación procedentes de dicha reserva. Asimismo, se convoca la adjudicación de derechos de superficies de plantación de viñedo procedentes de la Reserva Regional de derechos de plantaciones de viñedo en la Comunitat Valenciana. Todo ello en cumplimiento del artículo 4 del Decreto 8/2007.

Segundo. Solicitantes

Podrán solicitar derechos de plantación las personas físicas o jurí· dicas o comunidades de bienes, empadronadas o con domicilio social en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana que utilicen dichos derechos para realizar plantaciones en la comunidad autónoma, y cum· plan los requisitos establecidos en la presente orden.

En el caso de personas jurídicas o de solicitud de adjudicación de los derechos en régimen de cotitularidad, si el reparto de acciones, par· ticipaciones o cuotas tiene carácter nominativo, los interesados que for· men parte de las mismas no podrán solicitar la adjudicación de este tipo de derechos como personas físicas si lo hubieren hecho a través de la persona jurídica en régimen de cotitularidad

Tercero. Requisitos de los solicitantes

Los interesados que quieran optar a la concesión de derechos proce· dentes de la Reserva Regional deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar empadronado o tener domicilio social en un municipio de la Comunitat Valenciana con anterioridad a la apertura del plazo de solicitudes.

  2. Cumplir la normativa vigente en materia de plantaciones de viñe· do y en particular no ostentar la titularidad de parcelas ilegales en el momento de presentar la solicitud.

  3. No haberse beneficiado de primas por abandono definitivo del viñedo en la campaña de presentación de la solicitud o en las últimas cinco campañas vitivinícolas.

  4. No haber transferido derechos de replantación de viñedo en la campaña de presentación de la solicitud ni en las cinco campañas ante· riores.

  5. No haber cedido o vendido derechos de replantación de viñedo para su incorporación a la Reserva Regional en la campaña de presenta· ción de la solicitud ni en las cinco campañas anteriores

  6. En caso de ser titular de derechos de replantación en el momento de la presentación de la solicitud, deberá comprometerse a utilizarlos previa o simultáneamente con los derechos que se le adjudiquen.

    Cuarto. Condiciones económicas para la concesión de derechos

    La adjudicación de los derechos de plantación procedentes de la Reserva Regional queda sujeta a las siguientes condiciones económicas:

    1. Los derechos se concederán de forma gratuita, a los productores de menos de 40 años que posean capacitación profesional agraria sufi· ciente y que se establezcan por primera vez como jefe de explotación o cotitular de la misma, entendiéndose como tal el alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos entre el 1 de agosto de 2011 y el final del plazo de presen· tación de solicitudes.

    2. Se concederán a cambio de una contrapartida financiera a aque· llos solicitantes que no se encuentren en las condiciones del apartado 1 del presente artículo, y que utilicen los derechos para plantar viñe· dos cuya producción tenga una salida garantizada. Dicha contrapartida financiera se establece en:

  7. 100 €/ha para agricultores jóvenes, de acuerdo con lo que esta· blece el apartado 7 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias, que estén dados de alta en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos en el momento de la presentación de...

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