DECRETO 37/2000, de 28 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal docente no universitario, dependiente de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, de la Generalitat Valenciana, para el año 2000. [2000/X2608]    

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Cultura, Educación y Ciencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 37/2000, de 28 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la oferta de empleo público de personal docente no universitario, dependiente de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, de la Generalitat Valenciana, para el año 2000. [2000/X2608] El artículo 31, apartado 1, de la Ley 10/1999, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2000, establece que .durante el año 2000, las convocatorias para ingreso de nuevo personal se concentrarán en los sectores, funciones y grupos que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. En todo caso, el número de plazas de nuevo ingreso deberá ser inferior al 25 por ciento de la tasa de reposición de efectivos., añadiendo el punto tercero que .no obstante lo dispuesto en el párrafo primero de este apartado, podrán convocarse los puestos o plazas que estando presupuestariamente dotados e incluidos en las relaciones de puestos de trabajo o plantillas debidamente aprobadas, se encuentren desempeñados interina o temporalmente.. El apartado 2 de dicho artículo establece que .El Gobierno Valenciano, con los límites establecidos en el apartado anterior, podrá autorizar, a través de la Oferta de Empleo Público, previo informe favorable de la Conselleria de Economía y Hacienda, a propuesta de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, y a iniciativa de las Consellerias competentes en la materia, la convocatoria de plazas vacantes de nuevo ingreso que se refieran al personal del Sector Administración General y sus entidades autónomas, incluyendo, en su caso, las relativas al Cuerpo de Inspectores de Tributos de la Generalitat Valenciana y las de los sectores considerados básicos de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior del presente artículo, así como de los puestos o plazas a que se refiere el último párrafo del apartado primero de este artículo.. El artículo 5 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, por el que se regula el ingreso y la adquisición de especialidades en los Cuerpos de Funcionarios Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece como condición la publicación de la oferta de empleo docente previa a la realización de las convocatorias para la provisión de las plazas vacantes autorizadas en dichas ofertas de empleo. Por otro lado, el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública...

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