DECRETO 75/2019, de 7 de junio, del Consell, de establecimiento del Sistema de Información en Seguridad Alimentaria de la Comunitat Valenciana. [2019/5963]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural - Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Ámbito de aplicación
Artículo 3 Contenidos y objetivos
Artículo 4 Órgano de gestión

Competencias.

Artículo 5 Elementos esenciales del Sistema de Información Artículo 6

Vigilancia de establecimientos alimentarios y alimentos Artículo 7. Vigilancia de la exposición.

Artículo 8 Vigilancia de las resistencias antimicrobianas
Artículo 9 Alertas alimentarias y denuncias
Artículo 10 Laboratorios de control oficial
Artículo 11 Transparencia y seguridad de la información Artículo 12

Coordinación.

Disposición adicional única Incidencia presupuestaria Disposición derogatoria única. Derogación normativa Disposiciones finales

Primera. Habilitación normativa

Segunda. Entrada en vigor

PREÁMBULO

En desarrollo del artículo 43 de la Constitución, que reconoce el derecho a la protección de la salud, la Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición, establece las bases para el reconocimiento y la protección efectiva del derecho a la seguridad alimentaria, entendiendo como tal el derecho a conocer los riesgos potenciales que pudieran estar asociados a un alimento o a alguno de sus componentes, el derecho a conocer la incidencia de los riesgos emergentes en la seguridad alimentaria y a que las administraciones competentes garanticen la mayor protección posible frente a dichos riesgos. La citada ley crea un Sistema de Información sobre Seguridad Alimentaria y Nutrición, organizado bajo los criterios de transparencia y objetividad, que debe gestionarse en colaboración con las comunidades autónomas.

Por otro lado la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de salud de la Comunitat Valenciana, establece en su artículo 33 que el Sistema de Información en Seguridad Alimentaria, integrado en el Sistema de Información de Salud Pública, permitirá identificar los principales riesgos alimentarios y propiciará una adecuada gestión de los mismos. El sistema abarcará todas las etapas de la cadena alimentaria, incluyendo la producción primaria, la transformación y la comercialización de los alimentos.

El Decreto 72/2011, de 10 de junio, del Consell, por el que se crea el Sistema de Información en Seguridad Alimentaria, ha sido la norma a través de la cual se ha venido gestionando la información que ha permitido la identificación de los principales riesgos alimentarios y que ha propiciado una gestión eficaz de los mismos.

Esta norma pretende actualizar los contenidos del Sistema de Información en Seguridad Alimentaria como parte esencial del Sistema de Información en Salud Pública. Distintos problemas emergentes, como las resistencias antimicrobianas en la cadena alimentaria, así como los nuevos reglamentos europeos, entre los que destaca el Reglamento 2017/625, relativo a los controles oficiales y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, aconsejan una adaptación del Sistema de Información, de modo que el sistema garantice su eficacia para la identificación de los principales riesgos alimentarios y permita una gestión adecuada de los mismos.

Asimismo, el nuevo decreto debe permitir eliminar los innecesarios órganos de gestión del sistema, que la experiencia ha demostrado innecesarios e ineficaces. En ese sentido debe adaptarse al Decreto

61/2016, 20 de mayo, del Consell, por el que se regula la elaboración, la aprobación y el seguimiento del Plan de seguridad alimentaria de la Comunitat Valenciana

De acuerdo con el Decreto 61/2016, el control alimentario en la Comunitat Valenciana se articula a través del Plan de seguridad alimentaria y de los planes de control oficial de la cadena alimentaria. La planificación de las actuaciones se realiza previa evaluación del riesgo, tanto en lo que respecta al riesgo derivado de la exposición a los peligros químicos o biológicos potencialmente presentes en la dieta, como en la jerarquización de estos peligros o en la clasificación de los establecimientos en base al riesgo. El Sistema de Información en Seguridad Alimentaria ha de proporcionar el conjunto de datos e información necesarios para esta evaluación del riesgo, y poder realizar el diagnóstico que permita una planificación adecuada y un establecimiento de las prioridades.

La derogación del Decreto 72/2011 deriva de la necesidad de mejorar el Sistema de Información y de actualizar sus contenidos, teniendo en cuenta los nuevos peligros emergentes y las recientes normas en el ámbito de la seguridad alimentaria y la salud pública.

Estas razones, de conformidad con los principios de necesidad y eficacia, fundamentan esta disposición, con el objetivo de proteger la salud de la población, eliminando o minimizando los posibles riesgos asociados con el consumo de alimentos. Se ha tenido en cuenta el principio de proporcionalidad, ya que se contemplan las disposiciones...

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