DECRETO 70/2017, de 2 de junio, del Consell, por el cual se modifica el Plan territorial de emergencia de la Comunitat Valenciana, por la aprobación del procedimiento de actuación de operación de aeronaves pilotadas por control remoto en situaciones de emergencia bajo la dirección de la Generalitat. [2017/5348]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat, en su artículo 49.3.14.ª, la competencia exclusiva en materia de protección civil y seguridad pública, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución Española y, en su caso, de las bases y ordenación de la actividad de la Generalitat, de protección civil y gestión en emergencias, cuyo título III regula los planes de protección enmarcados en la planificación de la protección civil y gestión en emergencias.

Mediante el Decreto 119/2013, de 13 de septiembre, del Consell, se aprobó el Plan territorial de emergencia de la Comunitat Valenciana (PTECV). Con el objeto de asegurar que los distintos planes de protección civil que se elaboren en la Comunitat Valenciana permitan su integración, constituyendo de esta forma un conjunto plenamente operativo para hacer frente a las emergencias, el plan territorial asume el papel de plan director de toda la planificación de protección civil que se elabore en la Comunitat Valenciana, y de esta forma, entre otros aspectos, establece las pautas de integración entre los distintos planes, así como establece procedimientos y pautas de actuación que tendrán carácter horizontal para el resto de planificación.

Considerando el uso cada vez más extendido de aeronaves pilotadas por control remoto, también conocidas como drones o RPAS (Remotely Piloted Aircraft Systems), también en situaciones de emergencia, se considera imprescindible establecer un procedimiento en el que se regulen los vuelos de dichas aeronaves en las situaciones en las que se encuentre activado un plan de protección civil o procedimiento de actuación en el que la dirección de la emergencia corresponda a la Generalitat.

El Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, en su artículo 1 atribuye a la Presidencia de la Generalitat las competencias, entre otras, en materia de protección civil y gestión de las competencias en materia de situaciones de emergencia.

En la tramitación de este decreto se ha seguido el procedimiento establecido por el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, así como lo dispuesto en el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de tramitación de los proyectos normativos de la Generalitat.

Esta disposición está incluida en el Plan normativo de la Administración de la Generalitat para 2017.

Por todo ello, previo informe favorable del Pleno de la Comisión de Protección Civil de la Comunitat Valenciana, a propuesta del president de la Generalitat, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell en la reunión de 2 de junio de 2017,

DECRETO

Artículo único Aprobación del procedimiento
  1. Se aprueba el procedimiento de actuación de operación de aeronaves pilotadas por control remoto en situaciones de emergencia bajo la dirección de la Generalitat, que se adjunta como anexo a este decreto, incorporándose como anexo al Plan territorial de emergencia de la Comunitat Valenciana.

  2. Tal y como se establece en el plan territorial, el presente plan tiene la categoría De procedimiento de actuación de carácter horizontal, y en virtud de esto, complementa al propio PTECV y al resto de planificación específica frente a riesgos (ya se trate de planes especiales o de otros procedimientos de actuación) en lo que respecta a la gestión de la información relacionada con la emergencia, por lo tanto, el procedi-

miento no se activará de forma independiente sino como complemento a otro plan de protección civil para regular específicamente estos aspectos concretos de la emergencia.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Incidencia presupuestaria

Los gastos derivados de la implementación del procedimiento de actuación serán atendidos con los medios personales y materiales de la Presidencia y de las consellerias implicadas en la operatividad del plan.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Habilitación normativa

Se autoriza a la persona titular de la Presidencia de la Generalitat o, en caso de cambios estructurales, el titular de la organización administrativa que asuma las competencias de protección civil y gestión de emergencias, para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento y desarrollo de este decreto.

Segunda. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 2 de junio de 2017

El president de la Generalitat, XIMO PUIG I FERRER

ANEXO PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

OPERACIÓN DE AERONAVES PILOTADAS POR CONTROL REMOTO EN SITUACIONES DE EMERGENCIA BAJO LA DIRECCIÓN DE LA GENERALITAT...

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