DECRETO 240/2019, de 25 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidència segona i Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática. [2019/10515]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorVicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
Rango de LeyDecreto

El Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, determinó las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat. Y el Decreto 7/2019, de 20 de junio, del president de la Generalitat detalló las secretarías autonómicas que integran cada departamento.

El Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y prevé que para cada departamento se concrete esta estructura superior y directiva mediante la aprobación por decreto de su reglamento orgánico y funcional.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 64 de la Ley 5/1983, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del vicepresidente segundo y conseller a de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, previa deliberación del Consell, en la reunión de 25 de octubre de 2019,

DECRETO

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 5
Artículo 1 Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
  1. La Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, es el máximo órgano responsable del Consell en materia de vivienda, de regeneración urbana y sostenibilidad energética habitacional.

  2. La persona titular de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática es el órgano jerárquico superior del departamento, y ejerce todas las atribuciones conferidas por la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell y el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en su ámbito competencial.

  3. La persona titular de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática ante toda clase de instituciones públicas y privadas.

    En su condición de titular de la Vicepresidencia Segunda asume a las competencias de la presidencia del Consell en caso de vacante o ausencia de esta y de la Vicepresidencia.

  4. Territorialmente, la conselleria se organiza en servicios centrales con competencia en todo el ámbito de la Comunitat Valenciana, y direcciones territoriales con competencia de ámbito provincial.

    Funcionalmente, se organiza en órganos superiores, nivel directivo y nivel administrativo.

Artículo 2 Competencias de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
  1. A la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática le corresponden las competencias de:

  1. Establecer los objetivos del Consell en materia de políticas habitacionales y urbanísticas asociadas, basados en la vivienda y su función social como derecho básico fundamental.

  2. Impulsar proyectos, iniciativas y reglamentaciones dirigidas a hacer efectivo el derecho a la vivienda asequible, digna y adecuada, así como el derecho a la ciudad como espacio colectivo inclusivo libre de desigualdades.

  3. Atender las emergencias habitacionales con el objetivo final de declarar la Comunitat un territorio libre de desahucios, con la colabo-

    ración de las administraciones locales y agentes sociales y jurídicos implicados.

  4. Controlar la gestión, ampliación y mejora del parque público y subvencionado de viviendas de la Generalitat, impulsando el alquiler asequible.

  5. Impulsar el debate público en materia de vivienda, con la interlocución del sector privado, tercer sector, academico y sociedad civil.

  6. Desarrollar políticas cuyo objetivo sea la conversión del sector de la construcción en un modelo basado en la economía circular, eficiente en el uso de los recursos, ecológico, competitivo e hipocarbónico, facilitando para ello el desarrollo de fondos e instrumentos financieros innovadores a favor de la ecoinnovación, y el acceso a estos.

  7. Potenciar la búsqueda de oportunidades que se deriven de las nuevas líneas de financiación y programas que se promuevan desde la Unión Europea en estos ámbitos, así como la presencia y participación en foros de cooperación territorial, fundamentalmente con otras regiones del Mediterráneo con condiciones climáticas similares para las necesidades de construcción que se demandan en las zonas comprendidas en estas regiones.

  8. Desarrollar cauces de diálogo estables que permitan la puesta en valor de la ciudadanía como agente activo, subrayando su protagonismo a través de actuaciones y campañas de información y sensibilización que permitan hacer ver los beneficios globales y comunes de la implementación en todos los sustratos sociales de las políticas y acciones referidas.

Artículo 3 Órganos superiores y centros directivos
  1. Bajo la autoridad de la persona titular del departamento, la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática está integrada por los siguientes órganos superiores y centros directivos:

    1. Secretaría Autonómica de Vivienda y Función Social

    2. Secretaría Autonómica de Arquitectura Bioclimática y Sostenibilidad Energética

    3. Subsecretaría

    4. Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana

    5. Dirección General de Emergencia Habitacional, Función Social de la Vivienda, y Observatorio del Hábitat y Segregación Urbana

    6. Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética

    7. Dirección General de Innovación Ecológica de la Construcción

  2. Así mismo, y bajo dependencia directa de la persona titular de la Vicepresidencia Segunda está la Dirección General de Coordinación Institucional de la Vicepresidencia Segunda.

Artículo 4 Nivel administrativo
  1. El nivel administrativo de la conselleria está constituido por todas las unidades que dependen directamente de la persona titular de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, y del resto de órganos superiores y directivos

  2. La Secretaría...

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