DECRETO 219/2015, de 4 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2015 para el personal de la Administración de la Generalitat.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Rango de LeyDecreto

Dentro del marco legislativo del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 46 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, establece que anualmente el Consell determinará las necesidades de personal con consignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos existentes, o estén cubiertas por personal interino a los cuales se refiere el artículo 16.2.a, mediante la aprobación de la Oferta de Empleo Público, que será publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Esta previsión debe matizarse de acuerdo con lo que prevén las leyes de presupuestos, tanto del Estado como de la Generalitat, para 2015, que limitan la incorporación de nuevo personal a determinados sectores funcionales en los que la tasa de reposición de efectivos se fija en un máximo del 50 %, respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del capítulo I del presupuesto de gastos. Los criterios para el cálculo de dicha tasa son los definidos en el apartado 3 del artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, según el cual no computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la misma aquellas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.

Dentro de estas limitaciones y desde el conocimiento de que la reposición de efectivos en la Administración de la Generalitat ha sido mínima en los últimos años, el presente decreto debe establecer los criterios que presidirán los procesos de selección de los candidatos que mejor se ajusten a las necesidades de la Administración de la Generalitat, compatibilizando la austeridad en materia de gastos de personal con la búsqueda del mayor grado de eficacia posible en la prestación de los servicios públicos.

Para ello se hace uso de la posibilidad que ofrece el apartado 3 del artículo 32 de la Ley 8/2014, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2015, sobre acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición correspondiente a cada sector o función en aquellos puestos de trabajo cuya cobertura se considere prioritaria o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. También, dentro de las previsiones de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se utiliza la promoción interna, no afectada por la tasa de reposición, como instrumento de planificación y reestructuración de los recursos humanos, con la finalidad de alcanzar una Administración más profesionalizada sin afectar a las disponibilidades presupuestarias.

Por otra parte, se cumple lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, que establece que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al 7 % de las vacantes para ser cubiertas entre personas con diversidad funcional, considerando como tales las definidas en los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de modo que, al menos, se alcance el 2 % de los efectivos totales.

Asimismo, se han introducido en el decreto medidas para garantizar que en los procesos selectivos sea efectiva la igualdad entre mujeres y hombres, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.

El presente decreto ha sido negociado con las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Función Pública, en la reunión de 9 de noviembre de 2015, de acuerdo con lo establecido en el artículo 154.2.l de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Por todo ello, en ejecución de las atribuciones previstas en el artículo 8 de la Ley...

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