DECRETO 182/2018, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana. [2018/9447]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en el apartado 3 de su artículo 64, establece que para potenciar la autonomía local sobre la base del principio de subsidiariedad, por ley de Les Corts, se creará el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana con los mismos criterios que el fondo estatal.

En cumplimiento de dicho mandato estatutario, en el artículo 201 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana, se crea formalmente el Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana. Este precepto dispone que serán beneficiarios del Fondo todos los municipios de la Comunitat Valenciana y prescribe que a través de este se financiarán servicios, infraestructuras y equipamientos básicos de los municipios de la Comunitat Valenciana, y se establecerán sus dotaciones en cada ley de presupuestos de la Generalitat. Se indica finalmente que por reglamento se desarrollará la participación de los municipios en las dotaciones del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana.

Mediante el Decreto 51/2017, de 7 de abril, del Consell, se estableció el Fondo de Cooperación Municipal Incondicionado de la Comunitat Valenciana, con la pretensión de establecer un sistema de financiación estable y con vocación de permanencia para los municipios que prestan servicios públicos esenciales desde la proximidad, con el fin de garantizar la cobertura de las necesidades básicas de la ciudadanía en el marco de sus competencias, resultando el instrumento más adecuado para garantizar su consecución.

Sin embargo, por otra parte, resulta necesario que en el sistema de financiación de las corporaciones locales se incorpore un componente que tenga en consideración que las zonas rurales de la Comunitat Valenciana se encuentran desde hace décadas con el problema, cada vez más amenazante, del descenso de población. Esta situación es particularmente grave en algunas comarcas que, proviniendo ya de densidades de población muy bajas, en los últimos treinta años han sufrido un declive en el número de habitantes extremadamente severo. Del mismo modo, también tiene gran incidencia en esta problemática el preocupante envejecimiento de los habitantes del medio rural, que impide garantizar un relevo generacional en muchos de nuestros pueblos. Este llamado «invierno demográfico» solo se puede revertir por medio de la atracción, a estos municipios, de nuevos vecinos y vecinas, puesto que la retención de los que están no trae a una variación cero, sino a una variación negativa.

A la vista de lo expuesto, la política de la Generalitat se inscribe pues, en la línea de fomento y cooperación con las corporaciones municipales de nuestro ámbito territorial, teniendo en cuenta el papel que desempeñan los municipios en la prestación de servicios y obras públicas dirigidas a toda la ciudadanía, resultando necesario colaborar con los ayuntamientos de los municipios en riesgo de despoblamiento para dotarles de recursos suficientes para que el fenómeno de la despoblación no ponga en riesgo su suficiencia financiera, y puedan disponer de la dotación adecuada para la prestación de los servicios locales e implementar las medidas necesarias contra el despoblamiento en coordinación con la Generalitat, como administración más próxima a la ciudadanía. Entre las políticas públicas más importantes para revertir el fenómeno de la despoblación se encuentran las actuaciones destinadas a eliminar los efectos negativos de la brecha digital, que requieren también el impulso de acciones locales que colaboren en reducirla, especialmente con la aplicación de medidas...

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