DECRETO 160/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo
Título I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Competencias de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Artículo 2 Órganos superiores, centros directivos y nivel administrativo
Título II Estructura y funciones de los órganos superiores, directivos y servicios centrales de la Conselleria Artículos 3 a 11
Capítulo primero la Conselleria Artículos 3 a 6
Artículo 3 Competencias de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Artículo 4 Gabinete de la persona titular de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Artículo 5 Consejo de Dirección
Artículo 6 Sustituciones
Capítulo II La Secretaría Autonómica Artículos 7 a 11
Sección primera La Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación Artículo 7
Artículo 7 Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
Sección segunda La Dirección General de Transparencia y Participación Artículos 8 y 9
Artículo 8 Dirección General de Transparencia y Participación
Artículo 9 Nivel administrativo de la Dirección General de Transparencia y Participación
Sección tercera La Dirección General de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno Artículos 10 y 11
Artículo 10 Dirección General de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno
Artículo 11 Nivel administrativo de la Dirección General de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno
Sección cuarta La Dirección General de Cooperación y Solidaridad Artículo 12. Dirección General de Cooperación y Solidaridad Artículo 13. Nivel administrativo de la Dirección General de Cooperación y Solidaridad
Capítulo III La Subsecretaría
Artículo 14 Subsecretaría
Artículo 15 Secretaría General Administrativa
Artículo 16 Subdirección General de Atención a la Ciudadanía, Calidad e Inspección de Servicios.
Artículo 17 Subdirección General del Gabinete Técnico
Título III Organización territorial
Artículo 18 Servicios territoriales
Disposiciones transitorias
Disposición transitoria primera Unidades administrativas Disposición transitoria segunda. Direcciones y servicios territoriales Disposición derogatoria
Disposiciones finales

Primera. Desarrollo

Segunda. Entrada en vigor

PREÁMBULO

El Decreto 7/2015, de 29 de junio, del presidente de la Generalitat, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la Administración de la Generalitat, crea la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación, con competencias en materia de transparencia, responsabilidad social, fomento del autogobierno, participación ciudadana y cooperación al desarrollo.

Por otro lado, el Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat.

Partiendo de esa organización, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley del 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, debe aprobarse el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.

Por todo ello, de conformidad con lo que establecen los artículos

28.f y 64 de la Ley 30/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 18 de septiembre de 2015,

DECRETO

TÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1 Competencias de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación

La Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación es el máximo órgano encargado de la dirección y ejecución de la política del Consell en materia de transparencia de la actividad pública, participación de la sociedad civil y ciudadana, responsabilidad social, fomento del autogobierno y desarrollo estatutario, cooperación al desarrollo y solidaridad.

Artículo 2 Órganos superiores, centros directivos y nivel administrativo

1. Bajo la autoridad del conseller o consellera, la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación está integrada por los órganos superiores y centros directivos siguientes: a) Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.

  1. Subsecretaría.

  2. Dirección General de Transparencia y Participación.

  3. Dirección General de Responsabilidad Social y Fomento del Autogobierno.

  4. Dirección General de Cooperación y Solidaridad.

2. El nivel administrativo de la Conselleria está constituido por todas las unidades dependientes directamente de los órganos superiores y del nivel directivo.

TÍTULO II Artículos 12 a 17

Estructura y funciones de los órganos superiores, directivos y servicios centrales de la Conselleria

CAPÍTULO I La Conselleria
Artículo 3 Competencias de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación

1. El conseller o la consellera es la autoridad superior de la Conselleria y ejerce las competencias que le confiere la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado en la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.

2. Bajo la superior dirección de su titular, la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación se estructura en tres niveles: nivel superior, nivel directivo y nivel administrativo.

3. Por razón del ámbito territorial en el que se ejercen sus atribuciones, los órganos de la Conselleria se clasifican en servicios centrales y servicios territoriales.

Artículo 4 Gabinete de la persona titular de la Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación

Directamente, dependiente de la persona titular de la Conselleria, está el gabinete del conseller o de la consellera como órgano de apoyo y asistencia inmediata a esta.

Artículo 5 Consejo de Dirección

1. El Consejo de Dirección es el órgano colegiado de asesoramiento y asistencia a la persona titular de la Conselleria en la elaboración, coordinación y ejecución del programa de actuaciones del departamento. Bajo su presidencia, el Consejo de Dirección está integrado por los titulares de la Secretaría Autonómica, la Subsecretaría, las direcciones generales y el Gabinete del Conseller o de la Consellera, que ejercerá la secretaría de el mencionado consejo.

2. A las sesiones del Consejo de Dirección podrán asistir, además, las personas responsables de centros, órganos, unidades o entes adscritos al departamento cuando la persona titular de la Conselleria lo considere conveniente.

3. La persona titular de la Conselleria puede acordar, siempre que lo considere conveniente, la constitución de otros órganos o comisiones de carácter consultivo y de asesoramiento para materias concretas o asuntos específicos con la composición que en cada caso determine.

Artículo 6 Sustituciones

1. En los casos de ausencia o enfermedad de la persona titular del departamento será aplicable lo que dispone la Ley 5/1983, de 30 de diciembe, del Consell. Hasta que se resuelva su sustitución, las competencias de quien ejerza la titularidad del departamento, a excepción de las que le correspondan como miembro del Consejo, serán ejercidas temporalmente por la persona que posea la titularidad de la Secretaría Autonómica y, en su ausencia, se seguirá la orden de prelación previsto en el artículo 2 de este reglamento.

2. Este orden será aplicable, asimismo, al efecto de su sustitución, para las personas titulares de la Secretaría Autonómica, la Subsecretaría y las direcciones generales.

3. Lo que establecen los apartados anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga la persona titular de la Conselleria mediante una resolución.

CAPÍTULO II Artículos 12 a 13

La Secretaría Autonómica

Sección primera

La Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación

Artículo 7 Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social,...

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