DECRETO 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio |
Rango de Ley | Decreto |
Índice
Estructura.
Única. Régimen transitorio de las unidades y puestos de trabajo. Disposición derogatoria.
Única. Derogación normativa.
Primera. Habilitación normativa.
Segunda. Entrada en vigor.
El Decreto 7/2015, de 29 de junio, del president de la Generalitat, modificado por el Decreto 12/2015, de 16 de septiembre, determina las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, entre las cuales se encuentra la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, le asigna en su artículo 10 las competencias en materia de vivienda, proyectos urbanos, obras públicas, vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, costas y aeropuertos.
El Decreto 9/2015, de 30 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determina las secretarías autonómicas en que se estructura la Presidencia de la Generalitat y las consellerias, regula en su artículo único que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas, y Vertebración
del Territorio dispondrá como órgano superior la Secretaría Autonómica de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
De otro lado, el Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, modificado por el Decreto 147/2015, de 18 de septiembre, establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, regulando en su título IX la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
Como consecuencia de lo anterior, resulta necesario dictar una nueva norma que regule la estructura orgánica y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, determinando las funciones que se atribuyen a los órganos superiores, a los centros directivos que la componen así como a las unidades administrativas que se adscriben a cada uno de ellos.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos
28.f y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell a propuesta de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 18 de septiembre de 2015,
DECRETO
1. La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, es el máximo órgano responsable del Consell en materia de vivienda, proyectos urbanos, obras públicas, vertebración del territorio, paisaje, transportes, puertos, costas y aeropuertos.
2. Territorialmente, la Conselleria se organiza en servicios centrales y direcciones territoriales y, funcionalmente, en órganos superiores, nivel directivo y nivel administrativo
1. Bajo la autoridad de la persona titular del departamento, la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio está integrada por los siguientes órganos superiores y centros directivos:
-
Secretaría Autonómica de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
-
Subsecretaría
-
Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración Urbana
-
Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad
-
Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje
2. Se adscriben a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio las siguientes entidades de derecho público que se regirán por su normativa específica: Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV), y la Entidad de Infraestructuras de la Generalitat (EIGE).
3. Se adscribe a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio el Institut Cartogràfic Valencià, organismo autónomo que se regirá por su normativa específica.
1. El nivel administrativo de la Conselleria está constituido por todas las unidades que dependen directamente de la persona titular de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, de la Secretaría Autonómica de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, de la Subsecretaría y de las Direcciones Generales del departamento.
2. La Secretaría General Administrativa, con la máxima jerarquía del nivel administrativo, atenderá todos los servicios generales de la Conselleria, bajo la dependencia de la Subsecretaría.
La estructura y funciones de los órganos superiores, directivos y servicios centrales de la Conselleria
La persona titular de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
1. La persona titular de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio es el órgano jerárquico superior del departamento, y ejerce todas las atribuciones conferidas por la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
2. La persona titular de la Conselleria, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ante toda clase de instituciones públicas y privadas.70
1. En los casos de ausencia o enfermedad de la persona titular del departamento, será de aplicación lo dispuesto en el apartado i del artículo 12.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell. Hasta que se resuelva la sustitución, las funciones de aquel o aquella como titular del departamento, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell de la Generalitat, serán ejercidas temporalmente siguiendo el orden de prelación establecido en el artículo 2 de este reglamento.
2. Dicho orden será de aplicación asimismo, a efectos de su sustitución, para la Secretaría Autonómica, Subsecretaría y Direcciones Generales.
3. Lo que establecen los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga la persona titular del departamento mediante resolución.
1. El gabinete de la persona titular de la Conselleria es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al titular del departamento, de quien depende directamente.
2. El gabinete de la persona titular de la Conselleria tiene a su cargo el mantenimiento de las relaciones del titular del departamento con los altos órganos e instituciones de la Generalitat, del Estado y de las demás administraciones públicas, así como el desarrollo de cuantas funciones se le encomienden.
1. El Consejo de Dirección es el órgano colegiado de asesoramiento y asistencia a la persona titular de la Conselleria en la elaboración, coordinación y ejecución del programa de actuaciones del departamento. Bajo su presidencia, el Consejo de Dirección está integrado por los titulares de la Secretaría Autonómica, la Subsecretaría, las direcciones generales y el gabinete del conseller o de la...
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