DECRETO 156/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo

Decreto

Título I Disposiciones generales Artículo 1
Artículo 1 De la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública Artículo 2

De los órganos superiores y del nivel directivo Artículo 3. Del nivel administrativo.

Título II De la estructura y funciones de los órganos superiores y nivel directivo y administrativo de los servicios centrales
Capítulo I De la persona titular de la Consellería
Artículo 4 De las atribuciones de la persona titular de la Conselleria
Artículo 5 Del Gabinete de la persona titular de la Conselleria Capítulo II

De la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público.

Artículo 6 De la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público
Sección primera De la Dirección General de Asistencia Sanitaria Artículo 7. De la Dirección General de Asistencia Sanitaria Artículo 8. De las unidades administrativas de la Dirección General de Asistencia Sanitaria,
Sección segunda De la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios
Artículo 9 De la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios
Artículo 10 De las unidades administrativas de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios
Sección tercera De la Dirección General de Salud Pública
Artículo 11 De la Dirección General de Salud Pública
Artículo 12 De las unidades administrativas de la Dirección General de Salud Pública
Sección cuarta De la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad
Artículo 13 De la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad
Artículo 14 De las unidades administrativas de la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad
Capítulo III De La Subsecretaría
Artículo 15 De la Subsecretaría
Artículo 16 De las unidades administrativas dependientes de la Subsecretaría
Sección primera De la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos
Artículo 17 De la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos
Artículo 18

De las unidades administrativas de la Dirección General de Recursos Humanos y Económicos.

Sección segunda De la Dirección General de la Alta Inspección Sanitaria
Artículo 19 De la Dirección General de la Alta Inspección Sanitaria
Artículo 20 De las unidades administrativas de la Dirección General de la Alta Inspección Sanitaria
Título III De la organización territorial
Artículo 21 De las direcciones territoriales
Artículo 22 De las atribuciones de las personas titulares de las direcciones territoriales y de la secretaría territorial
Artículo 23 De las funciones de las personas titulares de las direcciones territoriales
Disposición derogatoria Disposición transitoria

Única. Unidades administrativas Única. Derogación normativa Disposiciones finales

Primera. Habilitación normativa Segunda. Entrada en vigor

PREÁMBULO

El Decreto 103/2015, de 7 de julio del Consell, establece en su título VI, artículos 26 a 28, la estructura básica de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y en base a dicha norma se hace necesario adecuar la estructura orgánica y funcional de la Conselleria al nuevo marco normativo y competencial. Ello hace necesaria la aprobación de un nuevo reglamento de estructura y organización, que determine las funciones que se atribuyen a los órganos directivos que la componen, así como a las unidades administrativas que se adscriben a cada uno de ellos.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido con los artículos

28.f y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 18 de septiembre de 2015,

DECRETO

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 2 a 3
Artículo 1 De la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública

1. La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública es el departamento del Consell encargado de la dirección y ejecución de la política del mismo en materia de sanidad, ejerciendo las competencias en materia de sanidad, salud pública, farmacia, evaluación, investigación, calidad y atención al paciente que legalmente tiene atribuidas a estos efectos.

2. Territorialmente, la Conselleria se organiza en servicios centrales y servicios periféricos y, funcionalmente, en órganos superiores del departamento, nivel directivo y nivel administrativo.

3. Los servicios centrales extienden su competencia a todo el ámbito de la Comunitat Valenciana y las direcciones territoriales al respectivo ámbito provincial.

Artículo 2 De los órganos superiores y del nivel directivo

1. Bajo la dependencia de la persona titular del departamento, la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública está integrada por los siguientes órganos superiores y órganos directivos:

  1. Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público

  2. Subsecretaría

  3. Dirección General de Recursos Humanos y Económicos

  4. Dirección General de la Alta Inspección Sanitaria

  5. Dirección General de Asistencia Sanitaria

  6. Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios

  7. Dirección General de Salud Pública

  8. Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad

2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular del departamento, será de aplicación lo dispuesto en el apartado i del artículo 12.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell. Hasta que se resuelva la sustitución, las funciones de aquel como titular del departamento, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell, serán ejercidas temporalmente por la persona titular de la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público, de la Subsecretaría o de las Direcciones Generales, siguiendo el orden de prelación previsto en el apartado 1 de este artículo.

3. Dicho orden será de aplicación asimismo, a los efectos de su sustitución, para la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público, la Subsecretaría y las direcciones generales. Lo que se establece en los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga la persona titular de la Conselleria mediante resolución.

Artículo 3 Del nivel administrativo

El nivel administrativo de la Conselleria está constituido por todas las unidades que dependen directamente de los órganos superiores y del nivel directivo, respectivamente, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

TÍTULO II Artículos 4 a 20

De la estructura y funciones de los órganos superiores

y nivel directivo y administrativo de los servicios centrales

CAPÍTULO I Artículos 4 y 5

De la persona titular de la Consellería

Artículo 4 De las atribuciones de la persona titular de la Conselleria

1. La consellera o conseller de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, como titular del máximo órgano superior del departamento, ejerce todas las atribuciones conferidas por la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico en el ámbito competencial asignado a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

2. La persona titular de la Conselleria, bajo la superior autoridad del Consell, asume la representación orgánica de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública ante toda clase de instituciones públicas y privadas.

Artículo 5 Del gabinete de la persona titular de la Conselleria

1. El gabinete de la persona titular de la Conselleria es la unidad de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata a esta, de quien depende directamente.

2. El gabinete de la persona titular de la Conselleria tiene a su cargo el mantenimiento de las relaciones del titular del departamento con los altos órganos e instituciones de la Generalitat, del Estado y de las demás administraciones públicas. También tiene a su cargo las relaciones informativas y con los medios de comunicación, así como el desarrollo de cuantas funciones se le encomienden. Al frente del Gabinete habrá un/a director/a de Gabinete, que dirigirá y coordinará las actuaciones del mismo.

CAPÍTULO II Artículos 6 a 14

De la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público

Artículo 6 De la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público

1. La persona titular de la Secretaría Autonómica de Salud Pública y del Sistema Sanitario Público, bajo la dependencia de la persona titular de la Conselleria, y de...

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