Decreto por el que se regula la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià. (Decreto 128/2016, de 7 de octubre)

Publicado enDOCV de 13 de octubre de 2016
Ámbito TerritorialNormativa de la Comunidad Valenciana
RangoDecreto
PREÁMBULO

La Ley 4/1983, de 23 de noviembre, de uso y enseñanza del valenciano, establece en el artículo 7.1 que «El valenciano, como lengua propia de la Comunitat Valenciana, lo es también de la Generalitat y de su Administración pública, de la Administración local y de cuantas corporaciones e instituciones públicas dependan de aquellas.»

El artículo 16 de dicha ley dispone que «Las empresas de carácter público, así como los servicios públicos o directamente dependientes de la Administración, han de garantizar que los empleados de los mismos con relación directa al público poseen el conocimiento suficiente de valenciano para atender con normalidad el servicio que tienen encomendado.»

Y, finalmente, el artículo 30.2 señala que «En las bases de convocatoria para acceso al desempeño de cargos, empleos y funciones públicas, por la Generalitat Valenciana y las corporaciones locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, se valorará el conocimiento del valenciano a fin de que puedan realizarse aquellas funciones públicas de acuerdo con los principios de uso del valenciano previstos en la presente ley.»

Por otro lado, la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana, dispone en el artículo 53.2 que «Quienes superen las pruebas selectivas acreditarán sus conocimientos de valenciano mediante la presentación de los certificados, diplomas o títulos que hayan sido homologados por la Generalitat, o mediante la realización de un ejercicio específico al efecto.» Y el artículo 100.2 añade que en los concursos para la provisión de puestos de trabajo se podrá valorar, entre otros, el conocimiento de valenciano.

Por el Decreto 173/1985, de 28 de octubre, del Consell, se crea la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià como organismo encargado de establecer y efectuar las pruebas para la obtención de certificados de conocimientos de valenciano por parte de la población adulta.

Posteriormente, por el Decreto 47/1989, de 4 de abril, del Consell, se regulan las funciones, la composición y la organización de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià.

Este decreto acomete una nueva regulación de la Junta, en primer lugar, en cuanto a la composición, en la que se opta por una participación eminentemente pública, incluyendo expresamente una representación de la Acadèmia Valenciana de la Llengua como institución normativa del valenciano, así como miembros procedentes de las universidades públicas valencianas y de las entidades locales que cuentan con oficinas de promoción del valenciano. En segundo lugar, modifica alguna de sus funciones. En tercer lugar, modifica la regulación de las comisiones de trabajo y de las comisiones examinadoras y crea una comisión coordinadora de estas últimas. Y, finalmente, aclara aspectos referidos a las personas que intervienen en las pruebas de la Junta y regula las gratificaciones que percibirán.

Por otro lado, con este decreto se pretende adecuar la regulación de las pruebas que organice la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià al documento del Consejo de Europa publicado en 2001 denominado Marco común europeo de referencia para las lenguas: «aprender, enseñar, evaluar», que tiene por objetivo proporcionar unas bases comunes para la elaboración, entre otros, de programas de lengua y exámenes en toda Europa, así como establecer lo que deben aprender a hacer las personas aprendices de lengua con el fin de utilizar una lengua para la comunicación, y los conocimientos y destrezas que tienen que adquirir para ser capaces de actuar de manera efectiva.

Conforme a lo previsto en el artículo 16 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 10 de la Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la igualdad entre mujeres y hombres, el decreto incluye una disposición adicional con el fin de que en la composición del Pleno y de las comisiones de trabajo de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, de las comisiones examinadoras y de la Comisión Coordinadora...

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