RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2006, de la Universidad de Alicante, por la que se convocan a concurso plazas de profesor colaborador en régimen de contratación laboral. [2006/14348]    

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidad de Alicante
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2006, de la Universidad de Alicante, por la que se convocan a concurso plazas de profesor colaborador en régimen de contratación laboral. [2006/14348]

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 174/2002, de 15 de octubre (publicado en el DOGV de 22), del Gobierno Valenciano, sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas Valencianas y sobre Retribuciones Adicionales del Profesorado Universitario, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas de Profesor Colaborador en régimen de contratación laboral que se relacionan en el ANEXO I de la presente resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

  1. Normas Generales.

    Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en el capítulo I del título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24), por el Decreto 174/2002, de 15 de octubre (publicado en el DOGV de 22), del Gobierno Valenciano, sobre Régimen y Retribuciones del Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas Valencianas y sobre Retribuciones Adicionales del Profesorado Universitario, por los acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables, y demás normativa de general aplicación.

  2. Requisitos

    2.1. El cumplimiento de los requisitos para concursar a la figura de Profesor Colaborador, relacionados en los apartados 2.2 y 2.3 siguientes, deberá estar referido siempre a la fecha de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso y mantenerse hasta la fecha de formalización del contrato.

    2.2. Requisitos de carácter general:

    1. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.

    2. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico exigido para cada figura. Caso de haber realizado sus estudios fuera del Estado español la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea presentaran bien la homologación o bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

    3. No padecer enfermedad o discapacidad física o psíquica que le impida el desempeño de las correspondientes funciones.

    4. No haber sido separado del servicio ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

    5. Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

    6. Los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca la enseñanza en lengua valenciana, será necesario el conocimiento de la misma al nivel .medio..

      2.3. Requisitos de carácter específico para la figura de Profesor Colaborador:

    7. Ser Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico. b) Disponer de informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o de la Comisión Valenciana de Acreditación y Evaluación de la Calidad.

  3. Solicitudes.

    Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán, por cada plaza solicitada, la correspondiente instancia sellada, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat, en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, o bien, por cualquiera de las formas previstas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el empleado de Correos pueda estampar en cada una de ellas el sello de fechas antes de su certificación y dirigirse al Campus de San Vicente del Raspeig, Apdo. 99, E-03080 . Alicante. Esta instancia, que se ajustará al modelo del ANEXO II de esta convocatoria, irá acompañada de la documentación que a continuación se detalla:

    1. De acuerdo con el art. 130 del Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (DOGV de 22 de marzo), RESGUARDO que justifique el pago de 24,82 euros, en concepto de admisión a pruebas, que se ingresarán, en efectivo o mediante transferencia bancaria, en la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM-2090), en la cuenta número 0054000371 de la oficina 3191, DC 11, referenciando junto con el nombre y apellidos, el número de D.N.I. y el número de la plaza. Estarán exentos del pago de la tasa los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33%. Deberán presentar certificación de la Conselleria de Bienestar Social u órganos competentes de otras...

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