ORDEN de 16 de abril de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se convoca el II Premio de las Artes Plásticas de la Generalitat Valenciana para el 2002. [2002/3963]
Sección | III - Convenios y Actos |
Emisor | Conselleria de Cultura y Educacion |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 16 de abril de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se convoca el II Premio de las Artes Plásticas de la Generalitat Valenciana para el 2002. [2002/3963]
El Decreto 180/2000, de 5 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana (DOGV núm. 3.898, de 15.12.2000), creó el Premio de las Artes Plásticas de la Generalitat Valenciana con el fin de distinguir y recompensar a un artista, cuya obra primordialmente plástica no sólo haya contribuido al fomento y difusión de nuestro arte, sino también a la apertura de cauces de renovación e innovaciones plásticas.
En virtud de la autorización reconocida en la disposición final primera del Decreto 180/2000, y haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Gobierno Valenciano ORDENO Primero Convocar la concesión del II Premio de las Artes Plásticas de la Generalitat Valenciana, dotado con 30.050 euros y que se hará efectivo, con la retención fiscal correspondiente conforme con la legalidad vigente, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.08.454.10.4, dentro de la línea T3211000, del presupuesto de la Generalitat Valenciana para 2002, de acuerdo con las bases aprobadas por el Decreto 180/2000, de 5 de diciembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula este premio.
Segundo
Las propuestas deberán presentarse en el Registro General de la Conselleria de Cultura y Educación en el plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. También podrán presentarse en el mismo plazo a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El jurado se regirá por las bases aprobadas por el Decreto 180/2000, de 5 de diciembre (DOGV núm. 3.898, de 15.12.2000), y por las normas de funcionamiento que establezca y, con carácter supletorio, por las normas aplicables a los órganos colegiados previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Tercero
El artista premiado se compromete a donar una obra original para los fondos artísticos de la Generalitat Valenciana.
Cuarto
De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones...
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