ORDEN 31/2013, de 26 de abril, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan procedimientos selectivos de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes de profesores de Enseñanza Secundaria y profesores técnicos de Formación Profesional.
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Conselleria de Educación, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Orden |
Índice
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Normas generales
1.1 Plazas convocadas
1.2 Distribución de aspirantes
1.3 Acumulación plazas de otros turnos
1.4 Normativa aplicable
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Requisitos de los candidatos
2.1 Requisitos de admisión
2.1.1 Requisitos generales
2.1.2 Requisitos específicos
2.2 Plazo de cumplimiento de los requisitos
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Solicitudes
3.1 Forma
3.1.1 Modelo oficial de instancia
3.1.2 Instancia y abono de la tasa por vía telemática
3.1.3 Instrucciones para cumplimentar la instancia
3.2 Documentación
3.3 Lugares de presentación
3.4 Plazo de presentación
3.5 Pago por derechos de examen
3.6 Devolución de los derechos de examen
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Admisión de aspirantes
4.1 Listas provisionales de admitidos y excluidos
4.2 Reclamaciones a las listas provisionales
4.3 Listas definitivas de admitidos y excluidos
4.4 Recursos a las listas definitivas
4.5 Requisitos y lista de admitidos
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Órganos de selección
5.1 Nombramiento de los órganos de selección
5.2 Composición de los tribunales
5.2.1 Miembros de los tribunales y forma de elección.
5.2.2 Participación voluntaria
5.2.3 Número de tribunales
5.3 Composición de las comisiones de selección
5.4 Obligatoriedad de participación
5.5 Abstención
5.6 Plazo para manifestar la abstención
5.7 Recusación
5.8 Constitución de los órganos de selección
5.9 Nombramiento de nuevos miembros de los órganos de selección
5.10 Funciones de los tribunales
5.11 Funciones de las comisiones de selección
5.12 Asesores, especialistas y ayudantes técnicos
5.13 Procedimiento de actuación de los órganos de selección
5.14 Adaptaciones para los aspirantes con discapacidad
5.15 Declaración de aspirantes seleccionados
5.16 Indemnizaciones y dietas
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Comienzo y desarrollo de los procedimientos selectivos
6.1 Comienzo
6.2 Desarrollo
6.3 Publicidad de los criterios de evaluación
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Sistema de selección
7.1 Pruebas previas
7.1.1 Prueba de castellano para aspirantes que no posean la nacionalidad española
7.1.2 Prueba de conocimientos de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana
7.1.2.1 Valenciano
7.1.2.2 Castellano
7.1.2.3 Calificación o exención de la prueba
7.1.2.4 Realización de la prueba
2.2 Fase de oposición en los procedimientos selectivos de ingreso libre y reserva de discapacitados
7.2.1 Contenido de las pruebas y temarios
7.2.1.1 Primera prueba
7.2.1.2 Segunda prueba
7.3 Fase de oposición en el procedimiento selectivo de acceso a cuerpo de subgrupo superior
7.4 Fase de concurso
7.4.1 Forma de acreditación de méritos
7.4.2 Procedimiento de ingreso libre y reserva discapacitados. Presentación de méritos
7.4.3 Procedimiento de acceso a cuerpo de subgrupo superior. Presentación de méritos
7.5 Fase de prácticas
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Calificación
8.1 Calificación de la fase de oposición
8.1.1 Procedimientos de ingreso libre y reserva de discapacitados
8.1.2 Procedimiento de acceso a cuerpo de subgrupo superior
8.2 Valoración de la fase de concurso
8.3 Posible expulsión de aspirantes
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Superación de las fases de oposición y concurso
9.1 Procedimientos de ingreso libre y reserva de discapacitados
9.2 Procedimiento de acceso a subgrupo superior
9.3 Normas comunes a todos los procedimientos
9.3.1 Agregación de puntuaciones
9.3.2 Criterios de desempate
9.3.3 Declaración de aspirantes seleccionados
9.3.4 Lista única de aspirantes seleccionados
9.3.5 Publicación de la lista de aspirantes seleccionados
9.3.6 Recursos contra la lista de aspirantes seleccionados
9.3.7 Aspirantes que aprueben por varias especialidades o cuerpos
9.3.8 Aspirantes que aprueben por distintas administraciones educativas
9.3.9 Inalterabilidad de las plazas asignadas
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Presentación de documentos por los aspirantes seleccionados
10.1 Plazo y lugar de presentación
10.1.1 Documentación a presentar
10.2 Documentación a presentar por funcionarios de carrera
10.3 Opción por remuneraciones
10.4 Nulidad de actuaciones
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Nombramiento de funcionarios en prácticas
11.1 Destinos de los funcionarios en prácticas
11.2 Exención de la fase de prácticas
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Fase de prácticas
12.1 Objeto
12.2 Duración y regulación
12.3 Efectos de la no superación
4.4 Prórrogas
4.5 Régimen jurídico administrativo
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Nombramiento de funcionarios de carrera
13.1 Aprobación del expediente
13.2 Destino en propiedad definitiva
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Desempeño de puestos en régimen de interinidad
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Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria
15.1 Distribución de plazas por sistemas de acceso
15.2 Titulaciones exigidas
15.3 Formación pedagógica y didáctica
15.4 Temarios
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Cuerpo de profesores técnicos de Formación Profesional
16.1 Distribución de plazas por sistemas de acceso
2.2 Titulaciones exigidas
2.3 Formación pedagógica y didáctica
2.4 Temarios
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Normas generales
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Sistema de habilitación
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Requisitos de los candidatos
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Solicitudes
20.1 Forma
20.1.1 Modelo oficial de instancia
20.1.2 Instancia por vía telemática
20.1.3 Instrucciones para cumplimentar la instancia
20.2. Lugares de presentación
20.3 Plazo de presentación
20.4 Pago por derechos de examen
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Admisión de aspirantes
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Tribunales
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Comienzo y desarrollo de las pruebas
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Calificación
1.1 Valoración de la prueba
1.2 Publicación y recursos
Normas finales
La disposición adicional duodécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, establecen que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso oposición, en el que habrá una fase de prácticas que también constituirá parte del proceso selectivo.
A este respecto, el procedimiento selectivo ha de permitir comprobar la idoneidad de los aspirantes para el ejercicio de la docencia. Para ello, no solo se comprobará que los aspirantes poseen los conocimientos específicos, científicos y técnicos de la especialidad a la que se opta, sino también la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Una vez finalizado el período transitorio de implantación de la citada ley orgánica, el acceso a la función pública docente se regirá por el procedimiento establecido en el título III del mencionado reglamento.
El artículo 3 del citado Reglamento establece que el órgano competente de la Comunidad Autónoma convocante, una vez aprobada su respectiva oferta de empleo, procederá a realizar las convocatorias para la provisión de las plazas autorizadas en dichas ofertas de empleo, con sujeción en todo caso a las normas de función pública que les sean de aplicación.
Por otra parte, el título V del mismo reglamento regula el procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades, estableciendo en el artículo 54 que los funcionarios de los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria y profesores técnicos de Formación Profesional podrán adquirir nuevas especialidades dentro del mismo cuerpo...
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