DECRETO 205/2009, de 13 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Noviembre de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Industria, Comercio e Innovación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 205/2009, de 13 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.

[2009/13088] PREÁMBULO Mediante el Decreto 19/2009, de 3 de noviembre, del president de la Generalitat, se han determinado las consellerias y secretarías autonómicas en las que se estructura la administración de la Generalitat, asignándoles, al mismo tiempo, el ámbito competencial material que es propio a cada una de ellas.

En lo que respecta a la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, se le atribuyen las competencias en materia de secretariado del Consell, representación y defensa en juicio y asesoramiento en derecho de la Generalitat, coordinación interdepartamental, empresa, industria, artesanía, comercio interior y exterior, consumo, e investigación e innovación tecnológica.

En desarrollo del mismo, el Decreto 198/2009, de 6 de noviembre, del Consell, ha establecido la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las Consellerias, diseñando con ello el nivel directivo de las mismas de acuerdo con las competencias asignadas.

Partiendo de esta estructura orgánica básica, y al amparo de lo que dispone el artículo 64 de la Ley del Consell, se hace necesario proceder a la aprobación del Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 28, letra f, de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Industria, Comercio e Innovación y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 13 de noviembre de 2009, DECRETO TÍTULO I Disposiciones generales

Artículo 1

Competencias de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación La Conselleria de Industria, Comercio e Innovación es el departamento del Consell al que corresponde el ejercicio de las competencias en materia de secretariado del Consell, representación y defensa en juicio y asesoramiento en derecho de la Generalitat, coordinación interdepartamental, empresa, industria, minería, artesanía, comercio interior y exterior, consumo, calidad, investigación industrial e innovación, ejerciendo las competencias que legalmente tiene atribuidas a estos efectos.

Bajo la superior autoridad del conseller, la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación dirige, impulsa y ejecuta la acción política y administrativa en las materias de su competencia.

Artículo 2 Órganos superiores y centros directivos 1

Bajo la autoridad del conseller, la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación se estructura en los siguientes órganos superiores y centros directivos:

  1. Secretaría Autonómica de Política Institucional.

  2. Secretaría Autonómica de Industria, Comercio e Innovación.

  3. Subsecretaría.

  4. Dirección General del Secretariado del Consell.

  5. Abogacía General de la Generalitat.

  6. Dirección General de Coordinación.

  7. Dirección General de Industria e Innovación.

  8. Dirección General de Comercio y Consumo.

  9. Dirección General de Internacionalización.

  1. Adscritas a la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación se encuadran la entidad de derecho público Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana y las empresas públicas Seguridad y Promoción Industrial Valenciana, SA, e Instituto Valenciano de la Exportación, SA., dependiendo las dos primeras de la Dirección General de Industria e Innovación, y la última de la Dirección General de Internacionalización.

  2. Asimismo corresponde a la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación la tutela de la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.

  3. Por razón del ámbito territorial en el que se ejercen las atribuciones, los órganos de la Conselleria se clasifican en servicios centrales y servicios territoriales.

Artículo 3 Nivel administrativo El nivel administrativo está constituido por todas las unidades u órganos de esta naturaleza dependientes directamente de los órganos superiores y nivel directivo del departamento.
TÍTULO II De la estructura y funciones de los órganos superiores, directivos y servicios centrales de la conselleria CAPÍTULO I Del conseller de Industria, Comercio e Innovación y vicepresidente primero del Consell Artículos 4 a 23
Artículo 4

Competencias del conseller de Industria, Comercio e Innovación El conseller de Industria, Comercio e Innovación es el órgano jerárquico superior y la máxima autoridad de la Conselleria y ejerce todas las funciones establecidas en la Ley del Consell, así como cualquier otra que le otorgue el ordenamiento jurídico, en el ámbito competencial asignado a la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación.

Como vicepresidente primero del Consell, ejerce las funciones de máximo apoyo y asesoramiento en las tareas desempeñadas por el president y la coordinación de la acción del Consell, así como la dirección, impulso y coordinación política en aquellas materias que el president le encomiende o delegue.

Artículo 5 Sustituciones En los casos de ausencia o enfermedad del titular del departamento, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 12.1.i de la Ley del Consell.

Hasta que se resuelva la sustitución, las funciones de aquél como titular del departamento serán ejercidas temporalmente por los titulares de las secretarías autonómicas, a excepción de las que le corresponden como miembro del Consell, siguiendo el orden de prelación previsto en el artículo 2 del presente Decreto.

Dicho orden será de aplicación, asimismo, a los efectos de su sustitución, para las secretarías autonómicas, subsecretaría y direcciones generales.

Lo que establecen los párrafos anteriores se entiende sin perjuicio de lo que, en su caso, disponga el conseller mediante resolución.

Artículo 6 Consejo de Dirección 1

El Consejo de Dirección es órgano colegiado de asesoramiento y asistencia al conseller en la elaboración, coordinación y ejecución del programa de actuaciones del departamento. Bajo la presidencia del titular de la Conselleria, el Consejo de Dirección está integrado por los titulares de las secretarías autonómicas, subsecretaría, direcciones generales, y el director del Gabinete del conseller, que desempeñará la secretaría de dicho consejo.

  1. A las sesiones del Consejo de Dirección podrán asistir, además, los directores, jefes o responsables de centros, órganos, unidades o entes adscritos al departamento, cuando el conseller lo estime conveniente.

  2. El Consejo de Dirección puede reunirse en pleno o en comisiones. Se podrán constituir cuantas comisiones acuerde el titular del departamento, quien determinará los miembros que deban integrarlas y designará las personas que deban desempeñar la presidencia y la secretaría, sin perjuicio de que ejerza la facultad de presidirlas personalmente.

  3. Igualmente, el conseller puede acordar, siempre que lo estime conveniente, la constitución de otros órganos o comisiones de carácter consultivo y de asesoramiento, para materias concretas o asuntos específicos, con la composición que en cada caso determine.

Artículo 7 Gabinete del conseller de Industria, Comercio e Innovación 1

Directamente dependiente del conseller, el Gabinete es órgano de apoyo y asistencia inmediata al mismo.

  1. Asimismo, bajo la dependencia directa del conseller, con el rango de área, existe el Gabinete Técnico, al que corresponden las funciones concernientes a documentación, comunicación y seguimiento parlamentario de los asuntos relacionados con la Conselleria, así como el desarrollo de cuantas funciones le encomiende el conseller.

CAPÍTULO II De las secretarías autonómicas y órganos directivos dependientes Sección primera De la Secretaría Autonómica de Política Institucional Artículos 8 a 21
Artículo 8 Competencias de la Secretaría Autonómica de Política Institucional y órganos directivos de la misma 1

La Secretaría Autonómica de Política Institucional asume las funciones que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de secretariado del Consell, coordinación general de la política legislativa del Consell, defensa en juicio y asesoramiento en derecho de la Generalitat y coordinación e impulso de la acción...

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