DECRETO 49/2005, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el pasaporte para perros, gatos y hurones. [2005/X2543]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 49/2005, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el pasaporte para perros, gatos y hurones. [2005/X2543]

En los últimos años el sector de los animales de compañía ha adquirido una considerable importancia en la Comunidad Valenciana. Debido a la variedad de documentos existentes que certifican el estado sanitario, vacunaciones, desparasitaciones, aspectos conductuales, así como otros tratamientos de los citados animales, se hace necesario unficarlos todos en un único documento que recoja todas estas actuaciones.

El Reglamento (CE) nº 998/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se aprueban las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, y se modifica la Directiva 92/65/CEE, del Consejo, armoniza las normas zoosanitarias aplicables a los desplazamientos de los animales de compañía sin finalidad comercial en el ámbito territorial de la Unión Europea y determina la obligatoriedad de un pasaporte que acompañe a los animales en los mencionados desplazamientos. Así, a partir del día 1 de octubre de 2004 los perros, gatos y hurones que realicen desplazamientos en el ámbito de la Unión Europea habrán de ir acompañados de un pasaporte, cumpliendo el mencionado pasaporte los requisitos que ha de tener una tarjeta sanitaria.

La Decisión de la Comisión de la Unión Europea de 26 de noviembre de 2003 establece el modelo de pasaporte para los desplazamientos intracomunitarios de perros, gatos y hurones.

Este documento se expide por veterinarios facultativos, y en él se certifica el cumplimiento de los requisitos de vacunación antirrábica, ademásde otras vacunaciones, con el objeto de que presente toda la información necesaria en relación con la situación sanitaria del animal, además de incluir una sección sobre análisis clínicos y legalización. Asimismo, ya que los pasaportes también pueden utilizarse para los desplazamientos de dichos animales fuera de la Unión Europea, se opta, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, por erigir dicho pasaporte en el documento único sanitario y de identificación de los perros, gatos y hurones, exigiéndolo con carácter...

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