DECRETO 164/2005, de 4 de noviembre, del Consell de la Generalitat, por el que se modifican los Estatutos de la Agencia Valenciana de Salud. [2005/F12248]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Sanidad |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 164/2005, de 4 de noviembre, del Consell de la Generalitat, por el que se modifican los Estatutos de la Agencia Valenciana de Salud. [2005/F12248]
La Agencia Valenciana de Salud quedó constituida por la Ley 3/2003, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Valenciana. El Decreto 25/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, aprobó los Estatutos reguladores de la Agencia Valenciana de Salud. El Decreto 77/2005, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat, modificó los Estatutos de la agencia en términos organizativos referentes a la materia de drogodependencias.
La disposición adicional quinta de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana, atribuye a la Agencia Valenciana de Salud, a fin de desarrollar e impulsar las actividades necesarias en materia de ordenación, planificación farmacéutica y control del medicamento, las competencias que la Ley 6/1998, de 22 de junio, de la Generalitat, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, atribuye a la Conselleria de Sanidad, excepto la potestad reglamentaria que corresponde al conseller de Sanidad.
Por motivos organizativos, se hace necesario adaptar los Estatutos de la agencia a la recientemente aprobada Ley de Salud Pública de la Comunidad Valenciana.
Por todo ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 y 40 de la Ley de Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Sanidad y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 4 de noviembre de 2005, DECRETO Artículo único 1. En el artículo 12. Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, del anexo del Decreto 25/2005, de 4 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprobaron los Estatutos reguladores de la Agencia Valenciana de Salud, se añade, en el Área de Farmacia, la siguiente unidad:
.Servicio de Ordenación y Control del Medicamento.
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Se añade un nuevo apartado con el siguiente texto:
12.1.3. El Servicio de Ordenación y Control del Medicamento, que ejercerá las siguientes funciones:
. Fijar los criterios y procedimientos de autorización, clasificación y registro de los centros, servicios y establecimientos farmacéuticos, así como de aquellos centros, establecimientos y servicios cuyo objeto sean los productos sanitarios. . Planificar los recursos farmacéuticos y fijar los criterios de autorización y...
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