DECRETO 96/2004, de 11 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Valenciana. [2004/M6541]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 96/2004, de 11 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Valenciana. [2004/M6541]

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, dispone, en su artículo 25.1, que la exigencia de autorizaciones sanitarias a empresas y productos serán establecidas reglamentariamente. El Real Decreto 1.054/2002, de 11 de octubre, por el que se regula el Proceso de Evaluación para el Registro, Autorización y Comercialización de Biocidas, dispone, en su artículo 27, que los locales o instalaciones donde se fabriquen y/o formulen biocidas, así como los que almacenen y/o comercialicen biocidas autorizados para uso profesional y las empresas de servicios biocidas que se determinen reglamentariamente, deberán inscribirse en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de cada comunidad autónoma, que gestionará la autoridad sanitaria competente.

Esta norma deroga parcialmente el artículo 4.5 del Real Decreto 3.349/1983, de 30 de noviembre, por el que se aprobó la Reglamentación Técnico-sanitaria para la Fabricación, Comercialización y Utilización de Plaguicidas, que disponía la creación de un Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas, donde se inscribían, para su control oficial, tanto los establecimientos y servicios de plaguicidas fitosanitarios como los ahora denominados biocidas.

El Decreto 116/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad, expresa, en su artículo 15, que la Dirección General de Salud Pública ejerce la función, entre otras, decontrolar y vigilar los aspectos sanitarios de los productos químicos y, especialmente, de plaguicidas y biocidas, a través del Servicio de Salud Laboral, como se establece en la Orden de 31 de julio de 2003, del conseller de Sanidad, por la que se desarrolla dicho decreto.

En el ámbito...

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