DECRETO 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana. [2006/X759]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Deporte
Rango de LeyDecreto

DECRETO 13/2006, de 20 de enero, del Consell de la Generalitat, sobre los Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana. [2006/X759]

La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, define, en su artículo 6, el deporte de alto nivel.

El Real Decreto 1.467/1997, de 19 de septiembre, sobre deportistas de alto nivel, desarrolla lo establecido en la citada Ley, y la Orden de 14 de abril de 1998, del Ministerio de Educación y Cultura, prevé los criterios que deberán ser tenidos en cuenta para la determinación de aquellos deportistas que tengan la consideración de deportista de alto nivel. Asimismo, el real decreto prevé la elaboración, y publicación en el Boletín Oficial del Estado, de las relaciones anuales de deportistas que pueden tener la consideración de alto nivel por los resultados deportivos obtenidos durante el año natural anterior, y que son los que pueden acceder a las medidas de apoyo establecidas para ellos.

En el ámbito de la Comunidad Valenciana la Ley 4/1993, de 20 de diciembre, de la Generalitat, del Deporte de la Comunidad Valenciana, desarrolla, en su artículo 3, las líneas generales de actuación de la Generalitat, estableciendo, en el apartado c) del mencionado artículo, .el apoyo a los deportistas de élite durante su carrera deportiva, mediante ayudas materiales y técnicas, y al final de la misma, mediante fórmulas que faciliten su integración laboral, en consideración a los méritos obtenidos, las exigencias en su preparación y el hecho de representar un modelo para la juventud..

El artículo 16 de la citada Ley determina, sobre la Lista de Deportistas de Élite, que .para el acceso a los beneficios que establezca la Generalitat, los deportistas de élite deberán figurar en la relación que elaborará la Dirección General del Deporte, en colaboración con las federaciones deportivas, en base a criterios objetivos que se determinarán reglamentariamente..

Con la presente norma se complementa el régimen contenido en el Real Decreto 1.467/1997, de 19 de septiembre, de modo que los deportistas de alto nivel que en él se prevén tendrán también la consideración de deportistas de élite de la Comunidad Valenciana, y se extiende esta última consideración a otros deportistas valencianos que obtienen los primeros puestos en los Campeonatos de España en las diferentes modalidades deportivas.

Siguiendo esta línea de actuación y atendiendo a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada Ley sobre la Lista de Deportistas de Élite, la Orden de 15 de octubre de 1997, de la Conselleria de Bienestar Social, determina los criterios para la obtención de la condición de deportista de élite y su inclusión en la Lista de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana, distinguiendo tres niveles de deportistas de élite: deportistas de élite nivel A, deportistas de élite nivel B y deportistas de élite nivel promoción.

Al amparo de esta orden, se han elaborado anualmente desde 1997 las Listas de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana.

Por otra parte, la Ley 4/1993, de la Generalitat, desarrolla en el artículo 17, los beneficios que conlleva la calificación como deportista de élite. Cabe destacar el apartado b) del mencionado artículo, que establece .la reserva de un cupo adicional de plazas para el acceso a los estudios universitarios de educación física y, en su caso, a otros centros universitarios, siempre que reúnan los requisitos académicos necesarios., el apartado d) .la compatibilización de los estudios y la actividad deportiva mediante el ingreso en centros docentes especiales., el apartado f) .la exención de los requisitos que reglamentariamente se determinen para las pruebas de acceso o la convalidación de cursos en la obtención de titulaciones deportivas no universitarias. y el apartado g) .la consideración como mérito evaluable para el acceso a puestos de trabajo de la administración Pública de la Generalitat relacionados con el deporte..

A su vez, la Generalitat, a través de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, ha venido desarrollando, en las normativas correspondientes, diferentes actuaciones de apoyo a los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana, fundamentalmente en lo referente a los aspectos relacionados con la compatibilidad de la actividad académica de los deportistas y las exigencias que les plantea la competición de alto rendimiento y con la consideración de méritos en el acceso a puestos de trabajo relacionados con la actividad física y deportiva de la administración Pública.

Sin embargo, se hace necesario elaborar una norma que recoja todos los aspectos relacionados con los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana, sentando definitivamente unas bases que definan al deportista de élite y determinando las medidas de apoyo o beneficios a los que tendrán derecho estos deportistas, así como la duración de los mencionados beneficios.

Asimismo, y al objeto de facilitar la compatibilidad académica de los deportistas más destacados en las categorías inferiores, que representan el futuro del alto rendimiento deportivo, es necesario regular los criterios que definan a estos deportistas, deportistas de élite nivel promoción, el proceso de elaboración de listas anuales en las que queden incluidos y unas medidas de apoyo en relación con el acceso y seguimiento de sus estudios no universitarios.

El objeto del presente Decreto es desarrollar y articular lo establecido en la Ley 4/1993, de 20 de diciembre, de la Generalitat, del Deporte de la Comunidad Valenciana, en materia de deportistas de élite, definiendo quiénes son los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana, estableciendo el procedimiento para la elaboración de las Listas de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana y determinando las medidas de apoyo que se aplicarán a estos deportistas. Por todo lo expuesto, a propuesta del conseller de Cultura, Educación y Deporte, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 20 de enero de 2006, DECRETO Capítulo preliminar Artículo 1. Objeto del Decreto El presente decreto establece y regula quiénes son los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana, el procedimiento para la elaboración de las Listas de Deportistas de Élite de la Comunidad Valenciana y las medidas de apoyo que se aplicarán a dichos deportistas. Artículo 2. Alcance y límite de los beneficios establecidos para los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana 1. Los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana podrán acogerse, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, a los beneficios que se establecen en el presente Decreto.

  1. La duración de estos beneficios se extenderá a los tres años siguientes a la última publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de la Lista donde se le reconoce su condición de deportista de élite de la Comunidad Valenciana, excepto en los casos a los que se refieren los artículos 11 y 12.1 y 12.2 del presente Decreto, cuya duración será indefinida.

  2. Los beneficios se suspenderán automáticamente cuando se pierda la condición de deportista de élite por alguna de las causas establecidas en el artículo 6, apartados b), c) y d), del presente Decreto.

Capítulo I Artículos 4 a 6

Sobre los deportistas de élite de la Comunidad Valenciana Artículo 3. Deportistas de élite de la Comunidad Valenciana Son deportistas de élite de la Comunidad...

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