DECRETO 76/2012, de 18 de mayo, del Consell, por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía, Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El artículo 51 de la Constitución Española encomienda a los poderes públicos la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la salud, la seguridad y los legítimos intereses económicos de los mismos.

Asimismo, en virtud de lo establecido en los artículos 9.5 y 49.1.35ª del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat ostenta la competencia exclusiva en materia de defensa del consumidor y del usuario, sin perjuicio de la política general de precios, la libre circulación de bienes, la legislación sobre la defensa de la competencia y la legislación del Estado.

Con base en dichos preceptos, se aprobó el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana mediante la Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat. En este nuevo marco normativo, el capítulo II del título I define los agentes del sistema de protección y defensa de los consumidores, y crea, en su artículo 11, el Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana como órgano colegiado de consulta y asesoramiento de la Generalitat en materia de protección y defensa de los consumidores y usuarios y como órgano de participación y representación de los mismos.

En virtud de cuanto antecede y de la competencia prevista en el artículo 18.f) de la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Economía, Industria y Comercio, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 18 de mayo de 2012,

DECRETO

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto

El objeto del presente decreto es la regulación de la composición, estructura, funciones y régimen de funcionamiento del Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, creado por el artículo 11 de la Ley 1/2011, de 22 de marzo, de la Generalitat, por la que se aprueba el Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Naturaleza
  1. El Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana se configura como un órgano colegiado de consulta y asesoramiento de la Generalitat en materia de protección y defensa de los consumidores y como órgano de participación y representación de consumidores y usuarios a través de sus organizaciones y asociaciones.

  2. Se adscribe a la conselleria competente en materia de consumo.

Artículo 3 Régimen jurídico

El Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana se regirá por este decreto, por sus propias normas de funcionamiento y, en lo no previsto, por lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

CAPÍTULO II Artículos 4 a 8

Funciones, composición, estructura y funcionamiento

Artículo 4 Funciones

Al Consejo de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana le corresponden las siguientes funciones:

  1. Actuar como órgano de consulta y asesoramiento de la Generalitat en materia de protección y defensa de los consumidores y usuarios.

  2. Realizar el seguimiento y valoración de la evolución del sistema de protección de los consumidores y usuarios de la Comunitat Valenciana.

  3. Proponer la realización de estudios, informes y propuestas normativas o de actuación que se consideren de interés para los consumidores y usuarios y evaluar los resultados derivados de dichas propuestas.

  4. Conocer e informar de los proyectos...

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