DECRETO 97/2004, de 11 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se crea la Comisión de Codificación Civil Valenciana. [2004/6169]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Justicia y Administraciones Publica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 97/2004, de 11 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se crea la Comisión de Codificación Civil Valenciana. [2004/6169]

Uno de los rasgos fundamentales que otorgan sustantividad al pueblo valenciano es la existencia de un Derecho Civil propio, conformado tanto por normas consuetudinarias como por normas escritas, que le permiten regirse en algunos aspectos del ámbito jurídico-privado por normas específicamente valencianas.

Mediante el Decreto 30/2002, de 26 de febrero, del Consell de la Generalitat, se creó el Observatorio de Derecho Civil Valenciano como un foro representativo en el que, con participación de la Generalitat y de diferentes organismos y entidades, se debatieran las cuestiones referentes al Derecho Civil Valenciano y se elevaran propuestas en este sentido, habiendo llegado el momento para la creación de una Comisión de Codificación Civil Valenciana que, con la asistencia del Observatorio, seencargue de elaborar y presentar al Consell de la Generalitat los Anteproyectos de Ley en materia de Derecho Civil Valenciano.

La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana exigen la reintegración, no sólo institucional, ya llevada a cabo, sino también de la competencia legislativa civil del que fuera Reino de Valencia con legitimidad de origen en ellos mismos y con contenido definido por nuestra historia y armonizado con ellos.

Asumida por la Generalitat la exclusiva competencia legislativa respecto al Derecho Civil Valenciano por el artículo 31.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, aprobado por Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio; transferida tal competencia por la Ley Orgánica 12/1982, de 10 de agosto; y, en fin, confirmada la plena asunción estatutaria de tal competencia y la correlativa capacidad de la Generalitat para su ejercicio por la Ley Orgánica 5/1994, de 24 de marzo, no cabe duda alguna sobre la exclusiva competencia de la Generalitat para legislar en materia de Derecho Civil Valenciano, conservándolo, modificándolo y desa-rrollándolo.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y las Leyes Orgánicas 12/1982 y 5/1994 atribuyen, transfieren y reconocen la competencia legislativa en materia de Derecho Civil Valenciano en la Generalitat, y, por tanto, hay una actualización estatutaria de la competencia dentro del marco constitucional y transferencia, primero, y reconocimiento, después, por el Estado. Y, en fin, el pueblo valenciano, como ha demostrado el trabajo llevado a cabo por el Observatorio Permanente de Derecho Civil, ha ejercitado efectivamente ese Derecho o esa competencia por la única vía posible, tras la abolición llevadaa cabo por el Decreto de 29 de junio de 1707, cual es la vía consuetudinaria, que aún dando lugar a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR