DECRETO 30/2014, de 14 de febrero, del Consell, por el que se regula la declaración de Compromiso Familia-Tutor entre las familias o representantes legales del alumnado y los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto

ÍNDICE

Preámbulo
Capítulo I Disposiciones generales Artículos 1 a 10
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Ámbito de aplicación
Artículo 3 Definición de declaración de Compromiso Familia-Tutor
Artículo 4 Principios generales de la declaración de Compromiso Familia-Tutor
Artículo 5 Partes de la declaración de Compromiso Familia-Tutor Capítulo II

Características de la declaración de Compromiso Familia-Tutor.

Sección primera Características generales Artículo 6
Artículo 6 Características generales de la declaración de Compromiso Familia-Tutor
Sección segunda Características específicas de la declaración de compromiso por etapa Artículos 7 a 10
Artículo 7 Infantil
Artículo 8 Primer y segundo ciclo de Educación Primaria
Artículo 9 Tercer ciclo de Educación Primaria
Artículo 10 Educación Secundaria Obligatoria
Capítulo III Proceso de implantación Artículos 11 y 12
Artículo 11 Información a las familias
Artículo 12 Los centros educativos
Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera Naturaleza de las acciones de carácter educativo con finalidad social
Disposición adicional segunda Inspección Educativa
Disposición adicional tercera Formación Disposición adicional cuarta. Regla de no gasto Disposición final primera. Habilitación normativa Disposición final segunda. Entrada en vigor
PREÁMBULO

Una de las acciones prioritarias en el marco de las competencias de la Generalitat en materia de educación es la de intervenir decididamente contra el fracaso escolar a través del Plan de Choque contra el Fracaso Escolar, puesto en marcha desde la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.

En este plan se han establecido objetivos vinculados a los ámbitos principales en los que se debe actuar para hacer posible que todo nuestro alumnado se desarrolle plenamente y de forma integral. Entre esos ámbitos de actuación, la colaboración entre familias y docentes adquiere especial importancia.

En el marco constitucional, el artículo 27 de la Constitución Española reconoce a todas las personas el derecho a la educación. De este se deriva la responsabilidad que pesa sobre los poderes públicos para su consecución y el deber y la responsabilidad que tienen los padres, madres, tutores o tutoras de cumplir con la escolarización de los hijos y atender las necesidades educativas que surjan de esta. Así, se les exige la participación activa y regular en el proceso educativo, tanto en la escuela como en el hogar, proporcionando el apoyo, la ayuda y la transmisión de los valores que son cruciales para que el alumnado perciba la importancia de la educación y de la convivencia como una cuestión esencial. Esa participación aumenta de manera significativa el potencial del alumnado para su desarrollo escolar, personal y social, pues son las familias las primeras y principales colaboradoras en el proceso educativo, y por tanto su participación es un valor necesario para la consecución de los objetivos y fines de la educación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su artículo 121.5 que «los centros pro-

moverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado».

La misma ley cita, en su disposición final primera, apartado 2.d, en relación a las familias, que siendo estas las primeras responsables en la educación de sus hijos e hijas les corresponde «participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos».

Esta responsabilidad familiar también queda recogida en el Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios. El mismo texto aparece en el título IV, capítulo II, artículo 52.o, y se añade, entre otros, en el apartado p, el deber de «conocer, participar y apoyar la evolución de su proceso educativo, en colaboración con los profesores, profesoras y centro docente».

Con este decreto se establece el marco normativo de una nueva herramienta que favorezca la colaboración de ambos agentes educativos para mejorar la calidad de la educación y los resultados del alumnado.

La declaración de Compromiso Familia-Tutor regulada en la presente disposición entre familias y centros educativos ofrece un nuevo medio de comunicación basado en el respeto mutuo al papel que familias y docentes desempeñan y de compromiso voluntario para las partes, al servicio de una colaboración responsable dirigida a la búsqueda conjunta de soluciones.

Así, la razón normativa que alude a la necesidad de que los padres y madres, o representantes legales, colaboren y se impliquen activamente en el proceso educativo de sus hijos e hijas queda completa con el deber de los centros educativos y sus docentes de facilitar dicha participación y colaboración.

Numerosos estudios e investigaciones, nacionales e internacionales, avalan el hecho de que la implicación de las familias es un factor influyente relacionado en el éxito o el fracaso escolar. Si, además, estas trabajan coordinadamente y en alianza con los centros educativos, se potencia la corresponsabilización y legitimación de la acción educativa de familias y escuela, hecho que repercute directamente en la educación integral del alumnado.

De estas mismas investigaciones se extrae la conclusión de que alcanzar compromisos mutuos y con objetivos concretos entre familia y escuela beneficia aspectos de la educación de nuestros hijos e hijas y alumnado en temas como la mejora de sus resultados académicos, de la actitud hacia el aprendizaje, de la adquisición de valores como el respeto y el esfuerzo, así como de la asunción de las responsabilidades.

Para las familias también se concluyen mejoras en la relación con sus hijos e hijas, en su relación con la escuela, sintiéndose valorados y eficaces, además de ofrecerles la posibilidad de adquirir y compartir con el profesorado herramientas eficaces e individualizadas para sus hijos.

La declaración de Compromiso Familia-Tutor encuentra su justificación en la acuñada teoría en psicopedagogía como «pedagogía del contrato», según la cual la declaración de Compromiso Familia-Tutor se concibe como un instrumento pedagógico para la mejora del rendimiento escolar, que en ningún caso tiene más consecuencias que las previstas por las propias partes, así como su mayor implicación en el proceso de mejora del alumno.

La Generalitat, a través de esta disposición, quiere promover la participación activa de las familias en la educación, creando así un clima escolar dinámico e interactivo, facilitador del éxito escolar y educativo de los menores.

Para ello, las familias podrán alcanzar con los centros docentes, en concreto con los tutores o las tutoras de sus hijos e hijas, una declaración de Compromiso Familia-Tutor cuya finalidad sea fijar objetivos y expectativas de mejora para sus hijos que favorezca su rendimiento escolar, su comportamiento, su actitud hacia el estudio y hacia las personas, el respeto hacia las normas de casa y del centro docente, así como la asunción responsable de las consecuencias derivadas de los propios actos.

En ese sentido, la declaración de Compromiso Familia-Tutor incluirá compromisos educativos concretos entre las familias, o represen-

tantes legales, y el profesorado, tales como la promoción de la lectura desde los primeros años de escolarización a través del plan lector, o la posibilidad de que el alumnado realice acciones de carácter educativo con finalidad social cuando la corrección de una conducta negativa implique la expulsión temporal del centro docente.

El artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de regulación de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en materia de educación. Por su parte, el artículo 53 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana determina que «es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 27 de la Constitución Española y las leyes orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquella, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española, y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía».

En su virtud, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 14 de febrero de 2014,

DECRETO

CAPÍTULO I Disposiciones generales
Artículo 1 Objeto

El presente decreto tiene por objeto regular la declaración de Compromiso Familia-Tutor para poner a disposición de los centros educativos modelos orientativos, por etapas, que permitan a las familias alcanzar voluntariamente con los centros educativos compromisos y medidas...

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