ORDEN de 11 de abril de 2002, de la Conselleria de Innovación y Competitividad, por la que se convocan trece (13) becas para la realización de prácticas profesionales en materia de informática y telecomunicaciones, una (1) beca en materia de documentación, una (1) beca en materia de calidad y dos (2) becas en materia jurídica. [2002/4113]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Innovacion y Competitividad
Rango de LeyOrden

retribuido económicamente.

Cuando el adjudicatario sea personal estatutario (y no proceda de la fase de selección) con plaza en propiedad en la misma categoría a la que ha concursado en esta convocatoria, deberá cesar en la que, en su caso, desempeñe, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución citada en la base decimonovena. No obstante, el Gerente de la Institución, por necesidades del servicio, podrá ampliar este plazo hasta diez días.

La toma de posesión en la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al del cese, si las plazas son de la misma localidad; en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta localidad pero de la misma área de salud; o en el de un mes, si pertenece a distinta localidad y área de salud.

Cuando el aspirante no tome posesión de la plaza que se le hubiere adjudicado en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de su participación en esta convocatoria. Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular como personal estatutario y será declarado en dicha situación, quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos o de las prórrogas de los mismos que legal o reglamentariamente proceda. No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas previa audiencia del interesado podrá dejarse sin efecto dicha situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su destino tan pronto desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.

Vigesimoprimera

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución podrán ser impugnados por los interesados mediante la interposición del recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses, contados a partir de la publicación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y 110 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según su redacción modificada por la Ley 4/1999, así como en los artículos 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y potestativamente podrán interponer el recurso de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la referida Ley 30/92, según su redacción modificada por la Ley 4/1999.

Los recursos contencioso administrativos que se interpongan contra esta convocatoria y sucesivos actos del proceso selectivo serán anunciados en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana para los efectos de emplazamiento a los posibles interesados.

Valencia, 20 de...

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