DECRETO 156/2013, de 18 de octubre, del Consell, por el que se regula la atribución de competencias para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de la tasa láctea.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El Reglamento (CE) número 595/2004, de la Comisión, de 30 de marzo de 2004, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) número 1788/2003, del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se estableció una tasa en el sector de la leche y productos lácteos, en lo que atañe al reparto de las cantidades de referencia entre las entregas y ventas directas, al cálculo y al pago de la tasa, a las medidas de control y a las comunicaciones de los Estados miembros.

Mediante el Real Decreto 754/2005, de 24 de junio, se establece la regulación básica estatal del régimen de la tasa láctea, regulando en su capítulo X el régimen sancionador. En dicha capítulo se prevé que la autoridad competente de la Comunidad Autónoma será el órgano competente para la imposición de sanciones, disponiendo que las infracciones en dicha materia se sancionarán de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, en la legislación de las comunidades autónomas y en la normativa comunitaria de aplicación.

Por lo anteriormente expuesto y teniendo en cuenta que el ejercicio de la potestad sancionadora requiere atribución expresa a los órganos administrativos por disposición de rango legal o reglamentario, de conformidad con el artículo 127.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se considera necesaria la aprobación de un decreto que aborde una regulación normativa en la que se tenga en cuenta el contenido en materia de las infracciones y sanciones anteriormente citadas.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 18.f y 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del conseller de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 18 de octubre de 2013.

DECRETO

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación

El presente decreto tiene por objeto la atribución del ejercicio de la potestad sancionadora en materia de tasa suplementaria de cuota...

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