ORDEN de 13 de marzo de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se convocan ayudas económicas para las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano. [2002/Q3006]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura y Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN de 13 de marzo de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se convocan ayudas económicas para las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa para la realización de actividades de promoción del uso del valenciano. [2002/Q3006]

La participación de la sociedad civil en los procesos de reafirmación y consolidación de la identidad colectiva es fundamental. Es por eso que, en la recuperación y promoción del uso del valenciano, tienen un papel fundamental las asociaciones cívicas radicadas en la Comunidad Valenciana.

La Generalitat Valenciana quiere ser impulsora de todas aquellas actividades e iniciativas que tengan como objetivo potenciar y favorecer el uso social del valenciano y por esta razón los presupuestos de 2002 preveen la convocatoria de ayudas a la realización de actividades de promoción del uso del valenciano llevadas a cabo por las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa.

El compromiso del Gobierno Valenciano está basado en el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y de las de la Ley 4/1983 de Uso y Enseñanza del Valenciano, las normas legales básicas de las cuales emana la oficialidad del valenciano y la obligatoriedad de proteger su recuperación y garantizar el uso social.

Por todo esto, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano ORDENO Primero Convocar ayudas económicas para las asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa, destinadas a la realización de programas y actividades de promoción del uso social del valenciano dentro de los ámbitos respectivos.

Segundo

Se aprueban las bases que regirán la convocatoria. Se incluyen en el anexo I de esta orden donde, también figura, el modelo de solicitud.

Tercero

Las mencionadas ayudas, por un importe global máximo de 419.540 Euros, (cuatrocientos diecinueve mil quinientos cuarenta euros) irán a cargo de la línea T0091000 del programa 09.04.422.50 del presupuesto para 2002 de la Generalitat Valenciana.

DISPOSICIONES FINALES Primera

Se autoriza a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística de la Conselleria para que dicte las resoluciones necesarias para el desarrollo y la ejecución de la orden.

Segunda

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición deberá interponerse ante la Conselleria de Cultura y Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

  2. El recurso contencioso administrativo deberá plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

    Valencia, 13 de marzo de 2002

    El conseller de Cultura y Educación, p. s. r. (artículo 4.1 del Decreto 111/2000, DOGV número 3.798, de 21 de julio), la subsecretaria, CARMEN NÁCHER PÉREZ ANEXO I Bases de la convocatoria Serán objeto de subvención las actividades de promoción del uso del valenciano, realizadas durante el año 2002, según los criterios siguientes:

    1. Beneficiarios

      Podrán optar a las ayudas las asociaciones cívicas sin...

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