DECRETO 118/2009, de 31 de julio, del Consell, por el que modifica el Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell.
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Agosto de 2009 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 118/2009, de 31 de julio, del Consell, por el que modifica el Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell. [2009/9331] PREÁMBULO La nueva redacción de determinados preceptos de la Ley 5/1998, de 18 de junio, de la Generalitat, de creación del Instituto Valenciano del Audiovisual Ricardo Muñoz Suay, realizada por la Ley 16/2008, de 22 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, contempla un aumento de las competencias atribuidas a dicho Instituto, cuyo ejercicio hace necesaria una estructura más completa, así como la experiencia en la gestión dentro de su ámbito competencial, lo que aconseja modificar la organización de algunos de sus órganos directivos con el fin de mejorar su funcionamiento y adaptar la estructura a las competencias recogidas en la Ley.
Por ello, resulta necesario introducir algunas modificaciones en el Reglamento de Funcionamiento del Instituto Valenciano de Cinematografía Ricardo Muñoz Suay, aprobado por el Decreto 50/2001, de 13 de marzo, del Consell, y modificado por el Decreto 170/2007, de 28 de septiembre, que materialicen las soluciones concretas a las situaciones detectadas.
En virtud de todo lo expuesto, previa aprobación de la presente modificación por el Consejo Rector del Instituto Valenciano del Audiovisual Ricardo Muñoz Suay, a propuesta de la consellera de Cultura y Deporte, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 31 de julio de 2009, DECRETO Artículo único 1. Se modifica el artículo 13 del Reglamento de Funcionamiento, que queda redactado en los siguientes términos:
'Artículo 13. Personal directivo del Instituto. Nombramiento y destitución 1. Tendrán la consideración de personal directivo del instituto el director general, el director del Festival Internacional de Cine Cinema Jove, el director de Fomento y Promoción y el director de Filmoteca y Cinematografía.
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La Presidencia del Consejo Rector nombrará y, en su caso, destituirá al personal directivo del instituto'.
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Se modifica el artículo 14 del Reglamento de Funcionamiento, que queda redactado en los siguientes términos:
'Artículo 14. Atribuciones del personal directivo del Instituto...
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