ORDEN 73/2013, de 28 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso para la concesión de ayudas para la realización de actividades de carácter audiovisual promovidas por los ayuntamientos, entidades dependientes de estos y entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana para el año 2013.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, modificado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, establece en su artículo 49.1.4 la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de cultura. El Decreto 19/2012, de 7 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat, asigna a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte las competencias en materia de promoción cultural. Asimismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 del Decreto 179/2012, de 14 de diciembre, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat, corresponde a la Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte las funciones que le atribuye el artículo 68 de la Ley del Consell en materia de propuesta y ejecución de la política cultural relativa a las artes plásticas y escénicas, así como la gestión de las ayudas en materia cultural.

Con el fin de apoyar y potenciar la realización de actividades encaminadas a la difusión de las obras audiovisuales en la Comunitat Valenciana y de las actividades que promocionen la industria cinematográfica y audiovisual en lengua valenciana, haciendo uso de las facultades que me confiere artículo 47.11 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, y atendiendo a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a su reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,

ORDENO

Primero

Convocar concurso para la concesión de ayudas para la realización de actividades audiovisuales en los municipios de la Comunitat Valenciana para el 2013 y aprobar las bases de la convocatoria, que se incluyen como anexo I a esta orden.

Segundo

El importe global máximo de las ayudas que se concedan para este fin será de 25.000 euros, y se financiarán con cargo a la línea de subvención T6423000 del capítulo IV del programa 453.40, «Artes plásticas y escénicas», del presupuesto de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte para el ejercicio 2013.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 3.4 y 7.4 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, la presente convocatoria de ayudas no precisa de su notificación a la Comisión Europea por no reunir todos los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, al no suponer una ventaja económica para una empresa, ni falsear la competencia, afectando a los intercambios comerciales entre estados miembros.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en la directora general de Cultura la facultad de conceder estas ayudas y de dictar las resoluciones necesarias para la ejecución de la presente orden.

Segunda

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente orden.

  2. El recurso contencioso-administrativo habrá de plantearse ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden.

Valencia, 28 de junio de 2013

La consellera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA JOSÉ CATALÁ VERDET

ANEXO I

Bases para la concesión de ayudas para la realización de actividades de carácter audiovisual promovidas por los ayuntamientos, entidades dependientes de estos y entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana durante el año 2013.

  1. Beneficiarios

    Podrán solicitar estas ayudas las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana y los organismos dependientes de las mismas pertenecientes al sector público que realicen exhibiciones, certámenes, muestras, eventos excepcionales de carácter audiovisual o festivales audiovisuales en 2013 y las entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana que realicen festivales cinematográficos con una trayectoria consolidada.

  2. Características de las ayudas

    Las actividades para las que se solicite la ayuda serán exclusivamente de exhibición audiovisual. Será obligatorio que al menos haya una proyección audiovisual en valenciano.

  3. Solicitudes

    3.1. Las solicitudes se formalizarán según el modelo del anexo II de solicitud de ayudas, y deberán acompañarse de la propuesta de actividades audiovisuales debidamente documentada, con presupuesto previsto, indicando las proyecciones previstas en valenciano, así como una memoria, en su caso, de las actividades cinematográficas realizadas por el solicitante durante el año 2012. Deberán aportar también una declaración responsable de no concurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario especificadas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según el modelo que se incluye como anexo II de esta convocatoria, y la ficha de terceros, anexo IV.

    3.2. Declaración de las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados, percibidos o concedidos y pendientes de percepción por otras administraciones o instituciones públicas y privadas para la misma finalidad, justificando documentalmente la cuantía de las mismas (anexo II)

    3.3. Las entidades sin ánimo de lucro podrán acreditar que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en el momento en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

    3.4. Las entidades sin ánimo de lucro deberán acreditar la ausencia del ánimo de lucro mediante declaración responsable y la presentación de una copia de los estatutos de la entidad.

    3.5. Toda la documentación requerida junto con la solicitud se presentará en la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, en Valencia, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de presentar la documentación en un registro diferente al de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, se podrá comunicar a la Dirección General de Cultura la remisión de la solicitud mediante fax (al núm. 961 923 531) o telegrama, a efectos organizativos.

    Asimismo, la solicitud podrá presentarse por vía telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat, PROP. En este caso, la solicitud se cumplimentará con la aplicación informática establecida al efecto y el...

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