DECRETO 140/2003, de 25 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se prorroga el plazo de adaptación establecido en el Decreto 108/2000, de 18 de julio, por el que se regula la autorización de los laboratorios clínicos. [2003/X8833]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 140/2003, de 25 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se prorroga el plazo de adaptación establecido en el Decreto 108/2000, de 18 de julio, por el que se regula la autorización de los laboratorios clínicos. [2003/X8833]

El Decreto 108/2000, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se regula la autorización de los laboratorios clínicos, estableció, en su disposición transitoria única, un plazo de tres años desde su entrada en vigor para que los laboratorios clínicos se adaptasen y solicitasen la oportuna autorización administrativa de funcionamiento, conforme a la nueva reglamentación.

La naturaleza de las exigencias marcadas ha revelado como insuficiente dicho plazo y ha motivado la solicitud de los Colegios Profesionales de Farmacéuticos y las Asociaciones Profesionales de Especialistas de Laboratorios Clínicos de una ampliación de aquél, a fin de poder desarrollar el sistema de calidad exigido en dicho Decreto. Por todo ello, a propuesta del conseller de Sanidad, conforme con el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 25 de julio de 2003, DECRETO Artículo único El plazo al que se refiere la disposición transitoria única del Decreto 108/2000, de 18 de julio, del Consell de la Generalitat, queda establecido en cuatro años...

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