DECRETO 2/2002, de 8 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se crean los Servicios de Atención e Información al Paciente (SAIP). [2002/X245]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 2/2002, de 8 de enero, del Gobierno Valenciano, por el que se crean los Servicios de Atención e Información al Paciente (SAIP). [2002/X245]

El artículo 43 de la Constitución española reconoce el derecho a la salud y la competencia de los poderes públicos en la organización de los servicios.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en sus artículos 9, 10, 40.13, 40.15, 40.16 y disposición adicional segunda, establece la necesidad de adoptar criterios y sistemas de información que faciliten la relación de los pacientes con la administración.

El Real Decreto 521/1987, de 15 de abril, regula en su artículo 32 el Servicio de Atención al Paciente, otorgándole funciones de información y tramitación de reclamaciones.

La Ley 8/1987, de 4 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, establece el compromiso de dotar a las Administraciones Públicas del cauce necesario para intervenir mediante procesos continuados en la evaluación, control y mejora de la calidad asistencial sanitaria y la creación del Servicio de Atención al Usuario (SAU), que asumirá las funciones de coordinación del proceso de atención al usuario.

El Plan de Humanización de la Atención Sanitaria en la Comunidad Valenciana tiene como uno de sus objetivos fundamentales mejorar el nivel de la información y atención de los pacientes, pretendiendo para ello realizar un cambio en la cultura asistencial que sea capaz de dar una respuesta cada vez más próxima a los ciudadanos y sus necesidades. Para ello, entre otras medidas, crea los Servicios de Atención e Información al Paciente (SAIP).

Este nuevo servicio supone un cambio en el planteamiento de los actuales SAU, dentro de la política actual de la Conselleria de Sanidad más integradora de los diferentes niveles asistenciales y más comprometida con el derecho de los pacientes a recibir la mejor y más completa información sobre la atención sanitaria que recibe.

Por todo ello, a propuesta del conseller de Sanidad y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 8 de enero de 2002, DISPONGO

Artículo 1

Definición El Servicio de Atención e Información al Paciente (en adelante, SAIP) es la unidad funcional responsable de atender e informar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR