Convocatoria de 30 de junio de 2011, de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, de ayudas a las entidades locales valencianas para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, durante el ejercicio 2011.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorFederación Valenciana de Municipios y Provincias

La Generalitat tiene entre sus objetivos prioritarios, la protección y la ayuda de aquellos sectores que requieren un especial cuidado y atención, señalando especialmente el artículo 10.3 de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, como ámbito primordial de actuación, los derechos y atención social de los inmigrantes con residencia en la Comunidad Valenciana. La Generalitat, conforme a lo establecido en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, tiene competencia exclusiva en materia de servicios sociales, fundaciones y asociaciones de carácter benéfico-asistencial e instituciones públicas de protección y ayuda de emigrantes y otros grupos o sectores necesitados de protección social.

La Ley 15/2008, de 5 de diciembre, de la Generalitat, de Integración de las Personas Inmigrantes en la Comunitat Valenciana, dispone en su artículo 4 que, entre los fines de la integración, se establece la plena incorporación de las personas inmigrantes al desarrollo cultural, laboral, institucional y político de la sociedad civil valenciana, contribuyendo así a la erradicación de toda clase de racismo o xenofobia.

La Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el sistema de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana, en su artículo 13 incluye entre los servicios sociales especializados aquellos que se dirigen a sectores de la población que, por su país de origen requieren un tipo de atención más específica en el plano técnico y profesional que la prestada por los servicios sociales generales.

El objetivo central del Plan Director de Inmigración y Convivencia 2008-2011 es promover la integración de las personas inmigrantes en la Comunitat Valenciana. Para ello el plan se asienta sobre 31 objetivos estratégicos distribuidos en las 10 áreas de actuación del plan. Este plan director fomenta la integración de las personas inmigrantes en la sociedad mediante el reconocimiento de derechos y obligaciones y el establecimiento de condiciones para que esos derechos y obligaciones sean efectivos.

La Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía, de acuerdo con lo que establece el Decreto 19/2009, de 3 de noviembre, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, tiene asignadas las competencias en materia de inmigración, participación ciudadana y cooperación al desarrollo, siendo el máximo órgano encargado de la dirección y ejecución de la política del Consell en dichas materias, conforme a lo establecido en el Decreto 91/2010, de 21 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía.

El Convenio suscrito el 9 de junio de 2011 entre la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias se instrumenta en el marco de la gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración de Inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos, recogido en el presupuesto vigente del Ministerio de Trabajo e Inmigración para el año 2011, aprobado por Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de los Presupuestos Generales del Estado. La Ley 17/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2011, en el anexo de transferencias corrientes del programa presupuestario 313.50, Integración de la Inmigración, prevé la línea de subvención nominativa distribuida T6376, «Convenios apoyo a acogida e integración inmigrantes», financiada con fondos finalistas del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en la que se incluye crédito adecuado y suficiente para la suscripción del convenio con la referida entidad.

La cooperación administrativa entre la administración general del Estado y la Generalitat Valenciana en dicha materia para el ejercicio 2011 se sustanciará mediante la suscripción de un protocolo de prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 6 de octubre de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalitat para el desa-

rrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

La Federación Valenciana de Municipios y Provincias, entidad de iniciativa social sin ánimo de lucro, tiene entre sus objetivos realizar actuaciones que promuevan la integración en la sociedad de la población inmigrante.

Las entidades locales son competentes en la prestación de servicios sociales, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.2.k de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Las asociaciones de entidades locales en el ámbito propio de sus funciones, podrán celebrar convenios con las distintas administraciones públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por todo lo expuesto, y sobre la base de que el Convenio de Colaboración suscrito el 9 de junio de 2011, entre la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo se fundamenta en la necesidad de apoyar la participación de las entidades locales en la promoción de actuaciones que favorezcan la integración de la población inmigrante en los municipios de residencia o trabajo, durante el ejercicio 2011, se realiza la presente convocatoria.

Bases de la convocatoria

Primera. Objeto

Cofinanciación del coste de las actuaciones de las entidades locales en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana destinadas a promover la acogida, la integración y el refuerzo educativo de las personas inmigrantes durante el ejercicio 2011.

Segunda. Beneficiarios

Las entidades locales de la Comunitat Valenciana que formen parte de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP), y que promuevan la acogida y la integración de los inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos.

Tercera. Requisitos de las entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en el presente convenio las entidades locales de la Comunitat Valenciana que formen parte de la FVMP y que cumplan los siguientes requisitos:

1) Que la entidad local tenga más de un 5% de población inmigrante empadronada a fecha 1 de enero de 2010 en el territorio de su ámbito de actuación.

2) Que la entidad local disponga de plan de inmigración, en el territorio de su ámbito de actuación.

3) Que la entidad local tenga un servicio permanente de atención a los inmigrantes (servicios de traducción, orientación, mediación, información, etc.).

4) Que la entidad local cofinancie el proyecto de actuación atendiendo a los siguientes porcentajes:

- Porcentaje del 10% de cofinanciación si tiene censados menos de

20.000 habitantes.

- Porcentaje del 20% de cofinanciación si tiene censados más de

20.000 habitantes y menos de 100.000.

- Porcentaje del 30% de cofinanciación si tiene censados más de 100.000 habitantes.

En todo caso, la FVMP financiará los proyectos de actuación de las entidades locales valencianas, teniendo como límite máximo lo estipulado en el Convenio suscrito el 9 de junio de 2011 entre la FVMP y la Conselleria de Solidaridad y Ciudadanía.

Cuarta. Contenido y programas de actuaciones a desarrollar por las entidades locales

Las actuaciones concretas que se lleven a cabo deben estar enmarcadas en los ejes y medidas establecidos en el Marco de Cooperación para la gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida e Integración y el Refuerzo Educativo de los mismos sobre los que se ha elaborado el Plan de Acción de la Comunitat Valenciana 2011.

Las actuaciones a desarrollar son las referidas en concreto en el anexo informativo de la presente convocatoria.

Cada actuación deberá contemplar, al menos, los siguientes aspectos: objetivos, contenido de la actuación, número y tipología de los beneficiarios, forma de ejecución, coste y financiación e indicadores de resultado. metodología y evaluación.

Se destinará un millón cuatrocientos dos mil doscientos cincuenta euros (1.402.250,00 euros) para apoyar las actuaciones establecidas.

Quinta. Procedimiento de concesión

Las solicitudes presentadas por parte de las entidades locales se dirigirán a la FVMP y en ella se hará constar, al menos, el porcentaje de cofinanciación del proyecto de actuación.

A la solicitud se acompañará un plan de actuación, enmarcado dentro de los ejes y medidas que se recogen en el Marco de Cooperación para la gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes así como el refuerzo educativo de los mismos del año 2011 que forma parte del protocolo por el que se prorroga para el año 2011 el Convenio de Colaboración suscrito el 6 de octubre de 2005 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Generalitat.

El secretario general de la FVMP adjuntará la documentación original necesaria remitida por las entidades locales a la Dirección General de Integración y Cooperación. En el caso de que las entidades locales presentaran una segunda justificación del gasto, el secretario general de la FVMP suscribirá un certificado global del gasto de esa entidad local, adjuntando los originales de la entidad local a la Dirección General de Integración y Cooperación al Desarrollo.

Una vez presentadas las solicitudes, la FVMP, en el procedimiento de la gestión integral de las ayudas (recepción de solicitudes y documentación requerida, certificaciones del gasto justificado, presentación de memorias finales de las entidades locales), será la encargada de revisar la documentación presentada, y de oficio, acordará...

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