RESOLUCIÓN de 31 de enero de 2018, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se revoca la autorización para el desempeño del puesto de tesorería del Ayuntamiento de Dénia por personal funcionario de la corporación debidamente cualificado, y se aprueba el mantenimiento del puesto de tesorería del Ayuntamiento de Dénia como reservado a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de intervención tesorería. [2018/1309]

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyResolución

Por resolución de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas, de fecha 21 de marzo de 1994, se autorizó el desempeño del puesto de tesorería del Ayuntamiento de Dénia por personal funcionario de la corporación debidamente cualificado.

En el certificado expedido por la Secretaría del Ayuntamiento de Dénia se hace constar que el Ayuntamiento de Dénia acordó, en la sesión plenaria de fecha 27 de julio de 2017, renunciar expresamente a la dispensa que en aquel momento autorizó la Dirección General de la Función Pública. La renuncia mencionada comporta la revocación de la autorización concedida en aquel momento, con la finalidad de que el puesto de tesorería del Ayuntamiento quedara reservado a personal funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala de intervención tesorería.

En el expediente consta la certificación de la Secretaría del Ayuntamiento de Dénia de acuerdo con la que se ha efectuado el trámite de audiencia al personal interesado, en el que se han presentado dos alegaciones. Así, según el certificado del acuerdo plenario de fecha 28 de diciembre de 2017, Mónica Serisola Peiró, funcionaria de Administración local con habilitación nacional, perteneciente a la subescala de intervención tesorería, actualmente titular del puesto de tesorería por resolución de la Dirección General de Función Pública de fecha 29 de febrero de 2016, se manifestó de acuerdo con la tramitación del procedimiento iniciado para la revocación de la autorización concedida en aquel momento y acordada por el pleno del Ayuntamiento. Por otro lado, Jaime Bertó Costa, hizo alegaciones que se desestimaron por acuerdo plenario de fecha 28 de diciembre de 2017, de acuerdo con lo que certifica la Secretaría del Ayuntamiento, al considerar que el procedimiento se ha ajustado a derecho.

Vistos los antecedentes indicados, y en virtud de lo dispuesto en los artículos 164.1, 168 y 170 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de régimen local de la Comunitat Valenciana, así como los artículos 2 y 8 del Decreto 32/2013, de 8 de febrero, del Consell, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario con habilitación de carácter estatal en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, y de conformidad con la Resolución de 12 de febrero de 2016, del president de la Generalitat, por la que se delegan determinadas atribuciones en distintos órganos de...

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