RESOLUCIÓN de 13 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Función Pública, por la que se convoca bolsa de empleo temporal para el nombramiento de personal funcionario interino y/o nombramiento provisional por mejora de empleo de técnicos de gstión de soporte de lengua de signos. [2018/8551]

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Rango de LeyResolución

El artículo 4 de la Orden 1/2018, de 19 de julio, de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, sobre regulación de bolsas de empleo temporal para proveer provisionalmente puestos de trabajo de la Administración de la Generalitat, prevé la constitución de bolsas de empleo temporal resultantes de una convocatoria pública, específica y extraordinaria, convocada por la dirección general con competencias en materia de función pública, previo acuerdo de la comisión de seguimiento, mediante la realización de pruebas selectivas o por el sistema de baremación y experiencia.

El citado artículo prevé la constitución de estas tipo de bolsas cuando haya que atender la cobertura de puestos de trabajo con requisitos específicos o adicionales derivados de su clasificación o de la normativa, puestos que no hayan sido encuadrados en algún cuerpo, escala o agrupación profesional funcionarial o categoría profesional o cuando se trate de la cobertura de puestos de personal investigador.

En el marco del sistema educativo valenciano, la normativa en materia de atención a la diversidad establece que se han de realizar adaptaciones de acceso al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidades motrices, sensoriales o psíquicas que pueden consistir en la dotación extraordinaria de recursos técnicos o materiales, o en la intervención de personal especializado que le facilite el acceso al aprendizaje. Este objetivo se va a desarrollar, por la conselleria con competencias en esta materia, a través de un programa experimental de soporte al alumnado referido a la lengua de los signos como elemento de acceso a currículum y resulta imprescindible para su ejecución dotarlo de personal con la debida cualificación.

Por ello, atendiendo a la necesidad de cobertura temporal de estos puestos con personal cualificado, que los puestos no se van a encuadrar en ningún cuerpo, escala, agrupación profesional o categoría profesional de la estructura actual, así como a la inexistencia de una bolsa de empleo temporal vigente, resulta necesario convocar una bolsa de empleo temporal pública, especifica y extraordinaria, mediante la que se seleccione al mejor candidato por el sistema de baremación y experiencia.

En su virtud y en uso de las facultades que tiene conferidas esta Dirección General de Función Pública, de conformidad con lo establecido en el Decreto 87/2017, de 7 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, modificado por el Decreto 103/2018, de 27 de julio, del Consell, resuelvo:

Primero. Convocatoria de la bolsa de empleo temporal

Convocar la constitución de la bolsa de empleo temporal para el nombramiento de personal funcionario interino o nombramiento provisional por mejora de empleo en puestos de técnico de gestión de soporte en lengua de signos, a fin de que, cuando las necesidades del servicio lo requieran, puedan proveerse provisionalmente puestos de trabajo clasificados para su provisión por dicho personal de la administración de la Generalitat, de conformidad con lo que establece la Orden 18/2018, de 23 de julio, de 2018, de la Conselleria de Justicia,Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas.

Segundo. Integrantes de la bolsa

  1. Para formar parte de la bolsa se precisa:

    1. Estar en posesión del título de ciclo formativo de grado superior de formación profesional de la familia de Servicios Socioculturales y a la Comunidad - Técnico Superior en Interpretación de la Lengua de Signos- o cumplidas las condiciones para obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las equivalencias de los títulos alegados deberán justificarse por las personas interesadas.

    2. En su caso, certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales para personas que trabajen en contacto habitual con menores en base a lo dispuesto en la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, modificada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia y la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado. c) Estar en posesión del certificado de nivel B1 (elemental) de conocimientos de valenciano expedido por la Junta Calificadora de Conocimientos del valenciano o equivalente conforme a la normativa vigente. d) Estar en posesión de los requisitos de acceso a la función pública exigidos en...

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