RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2018, del Rectorado, por la que se aprueba la delegación de funciones en los vicerrectores y las vicerrectoras, la secretaria general, el gerente y otros órganos de esta universidad. [2018/352]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorU niversitat de Valencia
Rango de LeyResolución

Los Estatutos de la Universitat de València, modificados por Decreto 45/2013, de 28 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, atribuyen al rector las facultades y las competencias a las que se refiere el artículo 94.

Con el fin de hacer más eficaz la gestión de los órganos universitarios y al mismo tiempo evitar una sobrecarga y acumulación de funciones en la persona del rector, sin merma de las garantías jurídicas de los particulares, y de conformidad con lo que establece el artículo 13 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 95 de los Estatutos de la Universitat de València, este Rectorado, al amparo de las competencias conferidas por la legislación vigente, los Estatutos de la Universitat de València y disposiciones concordantes ha resuelto:

La delegación de las atribuciones del rector en las siguientes materias y órganos.

Primero

Se delegan, en la vicerrectora de Estudios de Grado y Política Lingüística, las competencias que están atribuidas al rector en materia de aprobación, implantación, modificación, seguimiento y acreditación de los programas de enseñanza y planes de estudios conducentes a títulos de grado; la adaptación de planes de estudio anteriores y la coordinación de las prácticas externas de grado.

Se delega el nombramiento de miembros de tribunales de pruebas de acceso a la universidad, de delegados o delegadas de centros privados adscritos a la Universitat de València en los que se imparta segundo de Bachillerato, de las personas especialistas por materias de Bachillerato para la confección de pruebas de acceso a la universidad, así como la pertenencia, en representación de la Universitat de València, a la comisión gestora de los procesos de acceso y preinscripción universitaria.

Asimismo se delegan las competencias relativas al acceso y la permanencia de estudiantes, la preinscripción y la admisión de estudiantes en los centros, la organización de la matrícula y su calendario, y la resolución de todos aquellos recursos que el estudiantado interponga contra las decisiones y las resoluciones que la Universitat de València dicte en materia de estudiantes. Se delegan las competencias relativas al diseño y planificación del programa Conèixer, el programa de mentoría de estudiantes, y los programas de escuelas de verano.

Se delegan las competencias de convocatoria y resolución de ayudas propias al estudio y de iniciación a la investigación de estudiantes, así como la convocatoria y resolución de ayudas, becas y premios dirigidos a estudiantes y a asociaciones, proyectos de cooperación, proyectos socioculturales, y bolsas de viaje. Se delega la presidencia de la comisión de selección de becarios.

Igualmente se delegan en la vicerrectora de Estudios de Grado y Política Lingüística las competencias atribuidas al rector en materia de política lingüística y la representación de la Universitat en la comisión permanente de la Xarxa Vives d'Universitats.

Se delegan las competencias que están atribuidas al rector en relación con la organización académica.

También se delegan las competencias atribuidas al rector en relación con el personal docente e investigador de la Universitat de València, en particular, la convocatoria de los concursos para la provisión de plazas de profesorado contratado, la contratación de profesorado, la resolución sobre las situaciones administrativas, la concesión de permisos y licencias, concretamente la concesión de licencias por estudios superiores a un mes y las que establece el Reglamento de permisos, licencias, vacaciones y situaciones administrativas del profesorado, el reconocimiento de trienios y componentes docentes y, en general, todas aquellas funciones que están atribuidas al rector relacionadas con el profesorado universitario.

Asimismo, se delega la presidencia de la comisión de reclamaciones. Las competencias que están atribuidas al rector relativas a la

comisión mixta entre universidad e instituciones sanitarias, así como las facultades de convocatoria y resolución de ayudas técnicas a las personas con discapacidad miembros de la comunidad universitaria y la presidencia de las comisiones que concedan las ayudas anteriores.

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