ORDEN 3/2018, de 14 de marzo, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueban las tarifas máximas de los títulos de transporte de uso en el área de transporte metropolitano de València, incluidos los servicios públicos de transporte prestados por Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana(FGV), las del sistema TAM en Alicante y las del TRAM en Castellón. [2018/2831]

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Abril de 2018
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana aprobado por Ley orgánica 5/1982 de 1 de julio, (modificada por la LO 1/2006, de 10 de abril) atribuye a la Generalitat, en su artículo 49.15, la competencia exclusiva en materia de transporte terrestre dentro de la Comunitat Valenciana.

Por su parte, la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de Movilidad de la Comunitat Valenciana, en su artículo 39, encomienda a la Administración la fijación de tarifas máximas aplicadas a los títulos de transporte propios de los operadores de servicios públicos de su competencia.

Con carácter general, se ha considerado conveniente mantener las tarifas máximas establecidas en la Orden 29/2014, de 23 de diciembre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente con la única excepción de la tarifa del Bonometro, como parte del proceso de implantación de la tarjeta TuiN (tarjeta monedero única e inteligente). Asimismo, se incluye la tarifa máxima de un nuevo título denominado 24 h, para viajar por toda la red del TRAM de Alicante durante un día, sin limitación de viajes con el fin de que la importante población turística de dicha provincia disponga de un título adecuado y, por otro lado, en la disposición adicional se incrementa el importe en el que se evalúan los daños y perjuicios ocasionados a FGV por los viajeros que sean sorprendidos viajando en trenes o tranvías de FGV sin título de transporte válido como medida disuasoria para hacer frente al fraude, especialmente en las zonas tranviarias y abiertas, e igualar este importe a los niveles de otras explotaciones nacionales.

En ejercicio de la potestad tarifaria atribuida por la citada Ley de Movilidad de la Comunitat Valenciana y en uso de las facultades conferidas por la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell y por el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio aprobado por Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, de conformidad con la propuesta elevada por el Consejo de Administración de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, previos los informes preceptivos, en especial, el informe de la Comisión de Precios de la Generalitat reunida en sesión de 7 de marzo de 2018 y el de la Abogacía General de la Generalitat,

ORDENO

Artículo 1 Tarifas de los títulos correspondientes al área metropolitana de València
  1. Los títulos de transporte integrados de uso en el área de transporte metropolitano de València se regirán de acuerdo con las siguientes tarifas, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros:

    BONO TRANSBORDO zona A

    (Título de 10 viajes con derecho a transbordo, en servicios de EMT y FGV).

    Título Tarifa (en euros) Bono transbordo 9,00

    BONO TRANSBORDO zona AB

    (Título de 10 viajes con derecho a transbordo, en servicios de EMT, FGV y METROBÚS).

    Título Tarifa (en euros) Bono transbordo AB 15,50

    TÍTULOS DIARIOS de zona A

    (Título temporal por horas, en EMT y FGV).

    Días Tarifa (en euros) T-1 (24 h) 4,00

    T-2 (48 h) 6,70

    T-3 (72 h) 9,70

    ABONO TRANSPORTE

    (Título temporal de 30 días, válido según zonas, para servicios de la EMT, FGV y METROBÚS).

    Zona Tarifa (en euros) A / B / C 45,00

    D (Sagunt) 34,00

    AB / BC / CD 58,30 ABC / BCD 68,70 ABCD 79,10

  2. Los títulos para servicios específicos MetroBús de uso en el área de transporte metropolitano de València, se regirán de acuerdo con las siguientes tarifas, incluidos impuestos y seguro obligatorio de viajeros:

    * Mínimo de percepción

    Título Tarifa (en euros) Billete Sencillo 1,45 Billete Sencillo Jubilado 1,00

    * Parc Tecnològic y Mas Camarena

    Título Tarifa (en euros) Billete Sencillo 1,50 Billete Sencillo Jubilado 1,00 Bono 10 Viatges B 7,75

    *Alcàsser-Silla

    Título Tarifa (en euros) Bono 10...

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