ORDEN 24/2018, de 18 de septiembre, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión ayudas para la informatización-automatización de los ecoparques de las áreas de gestión A1, A2, A3, A4, A5, A6, V2-EMTRE, V3, V4, V5, C1, C2 y C3/V1 en el marco del Programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comunitat Valenciana 2014-2020. [2018/8878]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Consejo Europeo aprobó el 17 de junio de 2010 la «Estrategia Europa 2020» para promover un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. Esta estrategia define los objetivos que la Unión Europea tiene que alcanzar en el año 2020 en los ámbitos de investigación e innovación, cambio climático y energía, ocupación, educación y reducción de la pobreza.

El Gobierno de la Generalitat, alineado con la «Estrategia Europa 2020», cuenta con el Programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Comunitat Valenciana del período 2014-2020 (en adelante, PO FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020), así como las dotaciones financieras programadas para esos objetivos. El objetivo de la Comunitat Valenciana para el horizonte 2020 es concentrar los recursos en aquellos sectores de mayor valor añadido, que permitan consolidar su modelo de desarrollo en torno a un crecimiento inteligente, potenciando aquellas actividades donde la región posee una especialización y una cualificación más acentuada, al tiempo que se tiene en cuenta el territorio como factor de competitividad.

Con el objeto de poder convocar subvenciones para actuaciones enmarcadas dentro del PO FEDER de la Comunitat Valenciana 2014-2020, Eje Prioritario2, «Mejorar el uso y la calidad de las TIC y el acceso a las mismas», Prioridad de Inversión 2.c., « Refuerzo de las aplicaciones de las tecnologías de la información y de la comunicación para la administración electrónica, el aprendizaje electrónico, la inclusión electrónica, la cultura electrónica y la sanidad electrónica» y Objetivo Específico 2.3.1., «Promover los servicios públicos digitales, la alfabetización digital, e-aprendizaje, e-inclusión y e-salud.», esta Orden aprueba las bases que tienen por objeto establecer los requisitos y el procedimiento para subvencionar las actuaciones previstas en la Ley 10/2000 de Residuos de la Comunitat Valenciana, a través de los correspondientes proyectos de gestión que incluyan los ecoparques previstos en la mencionada norma, susceptibles de cofinanciación por el PO FEDER de la CV 2014-2020.

Con esta actuación se pretende reforzar la aplicación de las TIC para la prestación y mejora de un servicio público por parte de las Administraciones, como es la recogida selectiva de los residuos. Los resultados esperados son una Administración eficaz capaz de controlar la producción, recogida y gestión de residuos de forma que se pueda incentivar a la ciudadanía por haber reciclado a través de los ecoparques, promoviendo así el uso de los mismos.

Esta nueva sistemática de gestión (identificación de usuario, control de accesos, asignación de bonificaciones por reciclado, etc.), constituye una novedosa herramienta de aprendizaje electrónico para la ciudadanía de toda edad y contribuye a la inclusión electrónica en todo el territorio de la Comunitat Valenciana, al tratarse de un proyecto para toda la Comunitat.

De este modo, se incentiva la cultura de gestión electrónica, en la gestión diaria de multitud de materiales que deben gestionarse selectivamente como recursos.

A través de la presente orden, pretende extenderse el uso entre la población de la UE de tecnologías TIC, que aumentará la eficiencia y eficacia de este servicio público en los 13 Planes Zonales de la Comunidad Valenciana pudiendo evaluar y mejorar el funcionamiento de los ecoparques, detectando tanto los diferentes comportamientos entre la ciudadanía en el uso de los ecoparques como las causas de las diferencias territoriales entre el uso de los ecoparques entre los distintos

municipios y poder así establecer medidas de sensibilización específicas por municipio en función de sus necesidades.

Con el registro telemático, la administración electrónica además de poder controlar de manera inmediata, eficaz y sencilla la producción, recogida y gestión de los residuos, se podrá incentivar a la ciudadanía mediante un descuento anual de la tasa de tratamiento de residuos, por haber reciclado a través de los ecoparques, promoviendo de esta forma el uso de los mismos y consecuentemente, mediante esta recogida selectiva, se podrán registrar telemáticamente las cantidades exactas y tipos de residuos depositados en cualquiera de los ecoparques de la red global de la Comunidad Valenciana, teniendo un mayor control y trazabilidad de los residuos en tiempo real. Esto, permitirá poder detectar incidencias ambientales.

Este sistema inteligente de recogida selectiva en la red de ecoparques de la Comunidad Valenciana, facilitará a la ciudadanía la separación de los residuos y su depósito selectivo con la consecuente mejora ambiental que conlleva la preparación de los residuos para su reutilización, reciclaje y valorización.

El objetivo principal de la actuación es que el uso de los ecoparques fijos y móviles informatizados, sea habitual para la ciudadanía, y no puntual o inexistente, como actualmente. Y con el registro telemático, la Administración además de poder controlar de manera inmediata, eficaz y sencilla la producción, recogida y gestión de los residuos, se podrá incentivar a la ciudadanía mediante un descuento anual de la tasa de tratamiento de residuos, por haber reciclado a través de los ecoparques, promoviendo de esta forma el uso de los mismos y consecuentemente, la recogida selectiva.

La presente norma se adapta a los principios de necesidad, eficacia, eficiencia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia. En virtud de los principios de necesidad y eficacia, esta Orden se justifica por razones de interés general, puesto que de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento (UE) 1301/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión por el que se deroga el Reglamento (CE) 1080/2006, el FEDER contribuirá a la financiación de actuaciones orientadas a reforzar la cohesión económica, social y territorial, corrigiendo los principales desequilibrios regionales de la Unión mediante el desarrollo sostenible y el ajuste estructural de las economías regionales, así como de la reconversión de las regiones industriales en retroceso y de las regiones con un retraso de desarrollo.

Con el fin de garantizar el principio de seguridad jurídica, el contenido de esta Orden es coherente con el resto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, y pretende facilitar en el ámbito de la financiación europea a las entidades supramunicipales unas reglas estables y de certidumbre en sus proyectos de actuación.

En aplicación del principio de transparencia, se han definido claramente los objetivos de esta norma y su justificación en este preámbulo, y finalmente, en aplicación del principio de eficiencia, esta Orden no conlleva ningún tipo de cargas administrativas innecesarias o accesorias.

En aplicación además de los artículos 3.4 y 4.3 del Decreto 128/2017, del Consell, por el que se regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, se especifica que a las ayudas reguladas en la presente Orden y las convocatorias que se realicen en aplicación de la misma, no les resulta de aplicación el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), por tratarse de una financiación en favor de administraciones públicas competentes en gestión de ecoparques en la Comunitat Valenciana, siendo beneficiaros, por tanto, las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus propias competencias, y no suponiendo, en consecuencia, una ayuda estatal.

Por todo ello, a propuesta del titular de la dirección general competente en cambio climático y calidad ambiental, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, así como del Decreto 158/2015, de 18 de septiembre, del Consell por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural y de los artículos 160.2 y 165 de la Ley

1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones,

ORDENO

Artículo 1 Objeto

El objeto de esta orden es la aprobación de las bases reguladoras recogidas en el anexo Único, que constan en el anexo del mismo, para subvencionar un régimen de ayudas para la informatización-automatización de los ecoparques de las Áreas de Gestión A1, A2, A3, A4, A5, A6, V2-EMTRE, V3, V4, V5, C1, C2 y C3/V1.

Artículo 2 Normativa aplicable

El marco normativo de aplicación viene dado, fundamentalmente, por las siguientes normas:

- Artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

- Reglamento (UE) número 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) número 1083/2006 del Consejo.

- Reglamento (UE) número 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) número 1080/2006.

- Orden HFP/1979/2016, de 29 de...

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