ORDEN 2/2016, de 5 de mayo, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se desarrolla el juego del bingo y se regula la utilización de los distintos valores faciales de los cartones de bingo.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Hacienda y Modelo Económico
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

El Reglamento del juego del bingo, aprobado por Decreto 62/2015, de 8 de mayo, del Consell, establece en el artículo 10.1, respecto a la modalidad del bingo tradicional, que por orden de la conselleria competente en materia de juego, se fijarán las condiciones, valor facial, requisitos y series de los cartones.

Asimismo, en el artículo 34.2, apartado g, del mencionado decreto, se señala que el valor facial de los cartones o unidades de juego de bingo electrónico no será superior al valor fijado mediante orden de la conselleria competente en materia de juego.

Las órdenes de 13 de septiembre de 1993, de 9 de febrero de 1994, de 19 de julio de 1994 y de 15 de noviembre de 2001, de la extinta Conselleria de Economía y Hacienda regulaban, entre otras cuestiones, la fabricación de los cartones a utilizar en el juego del bingo, así como, las series a fabricar y los valores faciales correspondientes.

Con la publicación del Decreto 62/2015, se han regulado la mayor parte de los requisitos, condiciones y características de los cartones, por lo que se hace aconsejable una nueva regulación de aquellos requisitos que no han sido contemplados en el citado decreto.

Por otra parte, la aprobación de una nueva modalidad del bingo, en concreto el bingo electrónico, hace necesario precisar ciertos aspectos como la regulación del precio del cartón de bingo electrónico, dentro un arco mínimo y otro máximo.

Por cuanto antecede, y en uso de la autorización contenida en la disposición final tercera del Decreto 62/2015, de 8 de mayo, del Consell, por el que se aprueba Reglamento del juego del bingo.

ORDENO

Artículo 1 Bingo tradicional
  1. El juego del bingo se practicará con cartones autorizados y homologados por la conselleria competente en materia de juego.

    A estos efectos, la elaboración de los mismos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre tendrá esta consideración.

  2. Los cartones de bingo constarán de 27 casillas, distribuidas en tres líneas horizontales de cinco números y en nueve columnas verticales. Se juega con 90 números del 1 al 90, ambos inclusive y cada cartón estará integrado por 15 números, distintos entre sí, distribuidos en tres líneas horizontales de cinco números, y en nueve columnas verticales, en cualquiera de las cuales puede haber tres, dos o un número, pero sin que nunca haya una columna sin...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR