ORDEN 19/2018, de 16 de mayo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas económicas destinadas a la escolarización en los centros autorizados de Educación Infantil y escuelas infantiles municipales de primer ciclo de la Comunitat Valenciana. [2018/4898]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Índice

Preámbulo
Capítulo I Disposiciones de aplicación general Artículos 1 a 8
Artículo 1 Objeto
Artículo 2 Procedimiento de concesión
Artículo 3 Compatibilidad
Artículo 4 Comisión Evaluadora
Artículo 5 Instrucción y resolución del procedimiento
Artículo 6 Control y supervisión de las ayudas
Artículo 7 Aplicaciones informáticas
Artículo 8 Comunicación de ayudas públicas a la UE
Capítulo II Regulación de las ayudas destinadas a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años matriculado en centros autorizados de educación infantil y del alumnado de 0 a 2 años matriculado en escuelas infantiles municipales de la Comunitat Valenciana Artículos 9 a 26
Artículo 9 Personas beneficiarias
Artículo 10 Requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias
Artículo 11 Obligaciones y documentación de los centros y escuelas municipales
Artículo 12 Entidad colaboradora
Artículo 13 Umbral de renta
Artículo 14 Miembros computables de la unidad familiar
Artículo 15 Determinación de la renta familiar
Artículo 16 Renta per cápita familiar
Artículo 17 Solicitudes y documentación
Artículo 18 Tramitación de las solicitudes
Artículo 19 Criterios de baremación e importes
Artículo 20 Procedimiento para otorgar las ayudas
Artículo 21 Justificación de la asistencia del alumnado
Artículo 22 Pérdida de la condición de persona beneficiaria
Artículo 23 Facturación del servicio de escolarización
Artículo 24 Cambio de centro
Artículo 25 Régimen de pago
Artículo 26 Causas y procedimiento de reintegro y circunstancias para la modificación de la resolución
Capítulo III Regulación de las ayudas destinadas a la escolarización del alumnado de 2 a 3 años matriculado en escuelas infantiles municipales de la Comunitat Valenciana Artículos 27 a 33
Artículo 27 Personas jurídicas beneficiarias
Artículo 28 Requisitos y obligaciones de las personas beneficiarias
Artículo 29 Solicitudes y documentación

Tramitación.

Artículo 30 Importe de la ayuda
Artículo 31 Procedimiento para otorgar las ayudas
Artículo 32 Régimen de pago y Justificación
Artículo 33 Causas y procedimiento de reintegro y circunstancias para la modificación de la resolución
Disposición adicional

Única. No incidencia presupuestaria

Disposición transitoria

Única. Normativa aplicable a convocatorias anteriores Disposiciones finales

Primera. Normativa aplicable

Segunda. Instrucciones de desarrollo

Tercera. Delegación de competencias

Cuarta. Entrada en vigor

Disposición derogatoria
PREÁMBULO

El artículo 53.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana dispone que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 27 de la Constitución Española y las leyes orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquella, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1) del artículo 149 de la Constitución Española, y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía.

La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, define la Educación Infantil como una etapa educativa, de carácter voluntario, que atiende a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 6 años de edad.

Asimismo, establece que las administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo de la Educación Infantil y coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y las corporaciones locales y entidades privadas para asegurar una oferta educativa en este ciclo.

En la misma línea marcada por la Ley orgánica de educación, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, ha publicado en los últimos años convocatorias de ayudas a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años, para el alumnado de los centros y escuelas municipales de Educación Infantil de primer ciclo, con el objetivo de conseguir un servicio educativo de calidad que al mismo tiempo facilite la conciliación de la vida familiar y laboral y avanzar en la compensación de las desigualdades.

Por ello, con el objeto de atender en mayor medida a las familias con menos recursos, se establece como criterio para la asignación de las ayudas, las características socioeconómicas del alumnado. En este sentido, las ayudas se concederán en función de los niveles de renta de las familias. El alumnado beneficiario de la renta valenciana de inclusión social tendrá el acceso directo como persona beneficiaria, de acuerdo con lo establecido en la Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, de renta valenciana de inclusión. Asimismo, tendrán este acceso directo los hijos o hijas de víctimas de violencia de género.

Dadas las características psicoevolutivas específicas de esta edad, la escolarización ayuda a mejorar el desarrollo físico, afectivo, social y moral; así como el desarrollo de las estructuras iniciales del conocimiento que permiten y facilitan las adquisiciones de aprendizajes posteriores.

Esta escolarización es más recomendable, si cabe, en el momento en el que las niñas y niños suelen fijar la comunicación verbal, así como la construcción del pensamiento y empiezan a consolidar su autonomía. Este momento coincide entre los 2 y los 3 años de edad, por eso, teniendo en cuenta los beneficios integrales para los niños y las niñas de esta introducción temprana al sistema educativo, y considerando a su vez que esta medida facilita la conciliación de la vida laboral y familiar, fomenta la integración socio-educativa, y contribuye a prevenir y reducir los factores de exclusión social de la población, por el carácter compensador que la escuela ejerce en edades tempranas, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte apuesta por avanzar en la gratuidad de dicha escolarización, y en consecuencia, a partir del curso 2018-2019, promover la financiación del coste total de la escolarización del alumnado de 2-3 años matriculado en escuelas infantiles municipales de la Comunitat Valenciana.

Por los motivos anteriormente expuestos, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, considera necesario establecer las bases que regulan las ayudas dirigidas al alumnado escolarizado en las escuelas infantiles de primer ciclo de titularidad de corporaciones locales y en los centros autorizados de Educación Infantil de primer ciclo de titularidad privada.

A estas ayudas, les es de aplicación la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones y, en los preceptos que sea aplicable, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento general de subvenciones.

Asimismo, esta orden se ajusta a lo dispuesto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana.

En el proceso de elaboración de esta orden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley 1/2015 citada, ha emitido informe la Abogacía General de la Generalitat y la Intervención Delegada de la conselleria competente en materia de educación.

Además, se han realizado los trámites de audiencia pertinentes con las entidades más representativas por razón de la materia.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, el artículo 160 de la referida Ley 1/2015 y el Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, a propuesta de la Dirección General de Centros y Personal Docente, una vez cumplidos los trámites que establece el Decreto 24/2009, de 13 de febrero, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de los proyectos normativos de la Generalitat, y conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana.

ORDENO

CAPÍTULO I

Disposiciones de aplicación general

Artículo 1 Objeto

La presente orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras que regirán el programa de ayudas Bono Infantil destinado a la concesión de ayudas económicas a la escolarización del alumnado de 0 a 3 años, matriculado en centros autorizados de educación infantil de primer ciclo (en adelante centros), y en escuelas infantiles municipales autorizadas (en adelante escuelas municipales), para la financiación total o parcial del coste de escolarización.

Artículo 2 Procedimiento de concesión
  1. El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y se iniciará de oficio mediante la publicación, en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de la convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la conselleria competente en materia de educación.

  2. Con las mismas condiciones establecidas en estas bases, y...

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