Notificación de la sentencia dictada en el juicio verbal número 805/2016. [2018/4894]

SecciónIV - Administración de Justicia
EmisorJuzgado de Primera Instancia número 09 de Alicante

En el presente procedimiento juicio verbal número 805/2016, seguido a instancia de Pedro Manzano Raja frente a Vicente Arques Pina, Juana María González Robles, Joannes Ply, Josiane Ply y FIATC Seguros, se ha dictado sentencia de fecha 16 de junio de 2017, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia número 133/2017

Juez que la dicta: María Fernanda Lorite Chicharro

Lugar: Alicante

Fecha: 16 de mayo de 2017

Parte demandante: Pedro Manzano Raja

Abogado: Flora Ibáñez Martín

Procurador: Pascual Moxica Pruneda

Parte demandada:Vicente Arques Pina, Juana María González Robles

Abogado: Francisco Javier Girón Giménez

Procurador: Fernando Vidal Ballenilla

Parte demandada: FIATC Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija

Abogado: Patricia García Alcocel

Procurador: José Manuel Gutiérrez Martín

Parte demandada: Joannes Ply, Josiane Ply

Objeto del juicio: reclamación de cantidad

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Pedro Manzano Raja frente a Vicente Arques Pina y Juana María González Robles y frente a Joannes Ply, Josiane Ply y Fiact Mutua de Seguros Yy Reaseguros a prima fija debo:

1. Absolver y absuelvo a Vicente Arques Pina y Juana María González Robles de las pretensiones deducidas en su contra con todos los pronunciamientos favorables.

2. Con imposición de las costas a la parte actora.

3. Condenar y condeno a Joannes Ply, Josiane Ply y FIACT Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija a indemnizar al actor Pedro Manzano Raja en los daños y perjuicios sufridos en la cantidad de dos mil setecientos cuarenta y cuatro euros (2744. €) y a la reparación efectiva del origen del daño valorada en ciento setenta y nueve euros con treinta y cuatro céntimos de euro (179,34. €)

4. Condenar y condeno a Joannes Ply, Josiane Ply y FIACT Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija a indemnizar al actor Pedro Manzano Raja en los intereses legales de la citada cantidad.

5. Todo ello, con expresa imposición de costas a la parte demandada Joannes Ply, Josiane Ply y Fiact Mutua de Seguros y Reaseguros a prima fija.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante (art. 455, LECn).

El recurso se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne en el plazo de 20 días contados desde el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR