ORDEN de 26 de enero de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se modifica la autorización, en el nivel de Educación Infantil, Primer y Segundo Ciclos, al centro de Educación Infantil Montessori de Alicante. [2007/2539]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Deporte
Rango de LeyOrden

ORDEN de 26 de enero de 2007, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, por la que se modifica la autorización, en el nivel de Educación Infantil, Primer y Segundo Ciclos, al centro de Educación Infantil Montessori de Alicante. [2007/2539] El expediente ha sido iniciado a instancia del representante de la titularidad del centro docente privado de Educación Infantil Montessori, número de código 03011801, sito en la C. Hondón de los Frailes, núm.2 de Alicante, por la que solicita la modificación de la autorización en el nivel de Educación Infantil, por ampliación de 6 unidades de Primer Ciclo y supresión de 6 unidades de Segundo Ciclo.

Por Orden de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia de 3 de marzo de 1998 (DOGV de 22.04.1998), se modificó la autorización del centro, que quedó configurado con 3 unidades de Educación Infantil, Primer Ciclo, con 53 puestos escolares, y 8 unidades de Educación Infantil, Segundo Ciclo, con 200 puestos escolares.

Según informe de 26 de junio de 2006, del Servicio de Proyectos y Construcciones Educativas de esta Conselleria, se utilizan las mismas instalaciones que ya fueron objeto de informe favorable el 24 de julio de 1997, aprobadas por Resolución, de la Dirección General de Centros Docentes, de 1 de septiembre de 1997, y que para la configuración ahora solicitada los requisitos legales exigidos son los mismos.

El expediente contiene, además, el informe favorable de la inspección educativa, de la Dirección Territorial de Cultura, Educación y Deporte de Alicante, respecto de lo establecido en el artículo primero de la Orden de 2 de febrero de 1998, en cuanto a requisitos para la autorización de centros incompletos de Educación Infantil. Consta del compromiso del centro de aportar la relación de profesores y titulaciones respectivas, antes del inicio de las actividades educativas correspondientes, de conformidad con la legislación aplicable.

Considerando que el centro tiene autorización de apertura y funcionamiento en el nivel educativo que se modifica.

Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 04.07.1985), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE 04.05.2006); el Real Decreto 1.004/1991, de 14 de junio (BOE de 26.06.1991), por lo que respecta a los requisitos mínimos de instalaciones para la Educación Infantil, Primer Ciclo, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria undécima de...

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