ORDEN 5/2010, de 11 de marzo, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, sobre concesión de ayudas en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad en minería y pirotecnia; y de restauración, protección y mejora del medio ambiente afectado por actividades mineras para el ejercicio presupuestario 2010.

DOCV. Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 6.225, 12 de Marzo de 2010III - Convenios y Actos › Conselleria de Industria, Comercio e Innovación

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ORDEN 5/2010, de 11 de marzo, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, sobre concesión de ayudas en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad en minería y pirotecnia; y de restauración, protección y mejora del medio ambiente afectado por actividades mineras para el ejercicio presupuestario 2010.

ORDEN 5/2010, de 11 de marzo, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, sobre concesión de ayudas en materia de prevención de riesgos laborales y seguridad en minería y pirotecnia; y de restauración, protección y mejora del medio ambiente afectado por actividades mineras para el ejercicio presupuestario 2010.

[2010/2907] La actividad minera y la de fabricación de artificios pirotécnicos conforman dos sectores en los que como consecuencia de las condiciones propias de estas industrias existen, además de los riesgos que pueden encontrarse en otros sectores de actividad, algunos muy específicos. Dado que en estos sectores pueden producirse situaciones de riesgo laboral con graves consecuencias para las personas, se hace preciso aunar esfuerzos mediante la colaboración de las partes implicadas: administraciones, empresas y trabajadores, en el marco de sus respectivas competencias y responsabilidades.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 5 establece que la política en materia de prevención tendrá por objeto la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, dirigida a elevar el nivel de protección y de seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo. Del mismo modo, las administraciones públicas fomentarán aquellas actividades en orden a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la reducción de los riesgos laborales, la investigación o fomento de nuevas formas de protección y la promoción de estructuras eficaces de prevención.

La referida Ley de Prevención de Riesgos, igualmente establece en su disposición derogatoria única que no afecta a la vigencia de las disposiciones especiales sobre prevención de riesgos profesionales en las explotaciones mineras, contenidas en el capítulo IV del Real Decreto 3.255/1983, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Minero, y en sus normas de desarrollo, así como las del Real Decreto 2.857/1978, de 25 de agosto, por el que se ap...

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