Concesión de ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010.

Extracto


Concesión de ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010.

De conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, se da publicidad a la Resolución de 26 de octubre de 2010, de concesión de ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010. Estas ayudas cuentan con financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), a través del Programa Operativo de la Comunitat Valenciana 2007-2013.

Valencia, 29 de marzo de 2011.- El director: Antonio Cejalvo Lapeña.

ANEXO

«RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2010, de concesión de ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010.

Vista la Orden 13/2010, de 10 de mayo, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010.

Vista la Orden 25/2010, de 3 de agosto, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, de modificación de la Orden 13/2010, de 10 de mayo, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010.

Vista la Resolución de 22 de octubre de 2010, del director de la Agencia Valenciana de la Energía (AVEN), de reajuste de la distribución presupuestaria establecida en la Orden 13/2010, de 10 de mayo, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010.

Considerando el artículo 11 de la citada Orden 13/2010, de 10 de mayo, donde se establece que, previo informe de una Comisión de Evaluación, el director de la Agencia elevará propuesta al presidente, quien dictará resolución de concesión.

Conforme a la propuesta presentada de fecha 25 de octubre de 2010 y haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 5.2.d del Reglamento de la Agencia Valenciana de la Energía, aprobado por Decreto 9/2002, de 15 de enero, del Gobierno Valenciano, modificado por el Decreto 30/2004, de 27 de febrero, y conforme al artículo 11 de la Orden 13/2010, de 10 de mayo, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, sobre concesión de ayudas de la Agencia Valenciana de la Energía, en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010, resuelvo:

Primero

Conceder las ayudas en materia de energías renovables y biocarburantes, para el ejercicio 2010 a los solicitantes y por la cuantía establecida en el anexo I.

Segundo

Desestimar las solicitudes relacionadas en el anexo II por los motivos indicados en el mismo.

Tercero

Establecer con carácter general como fecha límite para acreditar la realización de los proyectos objeto de ayuda el 17 de diciembre de 2010, excepto para aquellos proyectos que a juicio de la comisión de evaluación presenten una especial complejidad técnica, para los cuales se establece como fecha límite el 30 de junio de 2011.

Cuarto

Las cantidades concedidas quedan condicionadas a la concurrencia con otras ayudas para la misma finalidad, procedentes éstas de cualesquiera otras administraciones o entes públicos.

Quinto

La concesión de las ayudas queda condicionada a la emisión, por parte de la autoridad ambiental competente, del certificado de evaluación sobre la no afección del proyecto a la Red Natura 2000.

Sexto

Esta resolución supone la aceptación de los beneficiarios a ser incluidos en la lista pública que se recoge en el artículo 7, apartado 2, letra d, del Reglamento (CE) 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006.

Séptimo

Los beneficiarios estarán obligados al cumplimiento de las condiciones establecidas en la citada Orden 13/2010, de 10 de mayo, si bien el director de la Agencia Valenciana de la Energía notificará individualmente las condiciones particulares y especiales que afecten a cada beneficiario.

La presente resolución es definitiva en vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 14 de la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Valencia, 26 de octubre de 2010.- El presidente: Mario Flores Lanuza.

Equip compacte per circulació forçada de 4,7 m2 de col·lectors i 350 litres d'acumulació per a ACS en habitatge unifamiliar

IMEREE/2010/174

Instal·lació solar tèrmica centralitzada de 36 plaques solars per a suport a l'escalfament del vas de la piscina coberta municipal

IMEREE/2010/297

Instal·lació de climatització geotèrmica a Silla (València)

IMEREA/2010/6

Instal·lació d'energia geotèrmica per a habitatge unifamiliar

Programa d'Energies Renovables i Biocarburants - ...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía