RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2007, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana (cod. 8000325).

DOCV. Diari Oficial de la Comunitat Valenciana núm. 5.570, 3 de Agosto de 2007III - Convenios y Actos › Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo

Enlazado como:

Extracto


RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2007, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana (cod. 8000325).

RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2007, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana (cod.

8000325). [2007/9835] Visto el texto del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana suscrito por la Comisión Negociadora en fecha 31 de mayo de de 2005, estando integrada la misma de parte empresarial por representantes de PIROVAL y de parte de los trabajadores por representantes de los sindicatos FITEQA-CCOO y FIA-UGT, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y los artículos 2, 3 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, conforme a las competencias que tiene transferidas según Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre, acuerda Primero Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la Comisión Negociadora, y el depósito del texto original del convenio.

Segundo Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunidad Valenciana.

Valencia, 20 de junio de 2007. El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho CONVENIO DE PIROTECNIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Nota previa: Todas las referencias en el texto del Convenio a 'trabajador', se entenderán efectuadas indistintamente a las personal hombre o mujer que trabajan en pirotecnia en los términos establecidos en el artículo 1 del Estatuto de los Trabajadores .

Capítulo 1 Ámbito de aplicación Artículo 1. Ámbito funcional El presente convenio regula las condiciones de trabajo entre los trabajadores y las empresas cuya actividad empresarial o de fabricación sea la de Pirotecnia.

Artículo 2. Ámbito territorial Este convenio será de aplicación en la Comunidad Autónoma Valenciana.

Artículo 3. Ámbito personal Las presentes condiciones de trabajo afectarán a todo el personal empleado en las empresas incluidas en los ámbitos anteriores, salvo a los que desempeñen el cargo de consejeros de empresas que revistan las forma jurídica de sociedad o alta dirección o alta gestión en la empresa.

Artículo 4. Ámbito temporal Este convenio tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2007, hasta el 31 de diciembre de 2009.

Su entrada en vigor, a todos los efectos será a partir del día de su firma y con efecto retroactivo a...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex España

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía