Información pública de la declaración de caducidad y resolución de la adjudicación del Programa de Actuación Integrada para el desarrollo de la Unidad de Ejecución del Plan especial de protección y reforma interior de Benimamet. [2018/7757]

SecciónV - Otros Anuncios
EmisorAyuntamiento de Valencia

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de julio de 2018, adoptó acuerdo que, en la parte dispositiva, dice lo siguiente:

Primero. Desestimar las alegaciones formuladas por Urbanas Coval, SL, en los términos expuestos en el fundamento jurídico séptimo del presente acuerdo y, en concreto, por no desvirtuar ninguna de ellas los motivos que determinan la resolución de la adjudicación del Programa de actuación integrada para el desarrollo de la unidad de ejecución D del Plan especial de protección y reforma interior (PEPRI) de Benimàmet.

Segundo. Declarar, una vez oído el Consell Jurídic Consultiu, la caducidad y resolver la adjudicación del Programa de actuación integrada para el desarrollo de la unidad de ejecución D del PEPRI de Benimamet a la mercantil Urbanas Coval, SL, agente urbanizador del mismo, por los motivos expuestos en los fundamentos jurídicos del presente acuerdo y, en concreto, por no presentar un texto refundido del proyecto de reparcelación en condiciones de ser aprobado y haber transcurrido con creces el plazo para hacerlo, lo que a su vez ha provocado el incumplimiento del resto de sus obligaciones contractuales esenciales al impedir que pueda obtenerse la disponibilidad de los terrenos y ejecutarse las obras de urbanización; todo ello de conformidad con lo establecido en las estipulaciones quinta y séptima del convenio urbanístico suscrito entre el agente urbanizador y el Ayuntamiento de València el 7 de junio de 2004.

Tercero. Incautar la garantía definitiva prestada por Urbanas Coval, SL, en relación al citado programa de conformidad con la estipulación sexta del convenio urbanístico, procediendo su ejecución en el momento sea firme el presente acuerdo, por incumplir la empresa adjudicataria las obligaciones esenciales establecidas en el mismo.

La citada garantía se identifica como:

- Mandamiento de ingreso CO.NO.P. - Valores E 2006/7324, número de expedición 1037 y asentado en el libro de caja del diario de intervención con el número 24 en fecha 27 de febrero de 2006. Concepto: importe correspondiente a la garantía para responder de la obligación a que hace referencia el artículo 29.8 de la Ley reguladora de la actividad urbanística (LRAU). Aval 2005/046.337 de 23.02.2006 de Caja Madrid por un importe de 75.625,83 euros.

Una vez sea firme el presente acuerdo y se haya materializado el ingreso, se aplicará a presupuesto.

Cuarto. Aprobar la liquidación del contrato a cero del Programa de actuación...

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