ORDEN de 20 de octubre de 1997, de la Conselleria de Bienestar Social por la que se convocan ayudas económicas a guarderías y escuelas infantiles de la Comunidad Valenciana que amplíen su oferta de plazas simultáneamente a la creación de puestos de trabajo para mujeres. [11038]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyOrden

3598 ORDEN de 20 de octubre de 1997, de la Conselleria de Bienestar Social por la que se convocan ayudas económicas a guarderías y escuelas infantiles de la Comunidad Valenciana que amplíen su oferta de plazas simultáneamente a la creación de puestos de trabajo para mujeres. [97/X11038] Preámbulo En la Comunidad Valenciana la tasa de paro registrado en las mujeres es mucho mayor al de los hombres, debido, entre otras muchas razones, a las cargas familiares de este colectivo. Son muchas las mujeres que no pueden optar a un puesto de trabajo por tener a su cargo el cuidado de los hijos. Esta situación se agrava en el caso de familias monoparentales, con niveles de renta bajos, donde la madre no puede dejar a los hijos durante la jornada laboral en una guardería o escuela de educación infantil, dado que, a veces, el coste de dicho servicio es demasiado elevado y no pueden pagarlo. Además, en familias donde trabajan ambos cónyuges, las mujeres siguen llevando las tareas relacionadas con la vida privada, esto es, continúan ocupándose del cuidado de los hijos, lo que provoca en las mujeres la imposibilidad de ofrecer la disponibilidad total que muchos trabajos requieren, y que se encuentren en una situación de precariedad en el mercado laboral. En este contexto, la Conselleria de Bienestar social presentó, en el marco del Programa Europeo de Cooperación Interregional y de Innovación Económica del artículo 10 del Reglamento del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el proyecto denominado "Guarderías infantiles para mujeres trabajadoras", y que fue aprobado mediante comunicación de la Comisión Europea, Dirección General XVI, Política Regional y Cohesión, de fecha 27 de enero de 1997 con numero de referencia FEDER nº 96 11 29 0008AC, con el objetivo de ampliar la oferta de plazas en guarderías y centros infantiles a bajo coste, y simultáneamente elevar el nivel de ocupación fomentando la creación de puestos de trabajo para mujeres en las guarderías y escuelas de educación infantil. En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el articulo 35 de la Ley 5/1983 de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano y el artículo 47 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana. DISPONGO Artículo 1. Objeto La Conselleria de Bienestar Social establece por la presente orden un programa de ayudas a las guarderías y escuelas infantiles de la Comunidad Valenciana, cuyo objetivo es ampliar el número de plazas en estos centros con precios subvencionados para la enseñanza, facilitando a las mujeres el acceso a dichos servicios, así como elevar el nivel de ocupación con la creación de puestos de trabajo para mujeres en guarderías y escuelas de educación infantil. Artículo 2. Dotación presupuestaria. El importe global para la totalidad de las ayudas contenidas en la presente orden es de 20.000.000 de pesetas, que se atenderán con cargo a la Línea 408.000.97 del Programa Presupuestario 323.10 del vigente presupuesto de gastos de la Generalitat Valenciana para 1997. Artículo 3. Destinatarios Serán destinatarios directos de las presentes ayudas las guarderías y escuelas de educación infantil de la Comunidad Valenciana que cuenten con la correspondiente autorización administrativa de apertura y funcionamiento que contraten mujeres, simultáneamente a la creación de 15 nuevas plazas escolares por cada nueva contratación, a un precio inferior, al menos, en un 30% a los precios del servicio de enseñanza, excluidos otros servicios complementarios, vigentes para dicho centro. Artículo 4. Requisitos de los empleadores beneficiarios. 1. Personas físicas o jurídicas dadas de alta en el Impuesto de actividades económicas en el epígrafe correspondiente a guarderías y/o escuelas de educación infantil. 2. Estar inscritas como personas físicas o jurídicas empleadoras en los regímenes de Seguridad Social, o tener concedido por los organismos competentes aplazamiento o cualquier otro beneficio de carácter fiscal o social. 3. Acreditar encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social, o tener concedido por los organismos competentes aplazamiento o cualquier otro beneficio de carácter fiscal o social a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. 4. No haber amortizado puestos de trabajo en el año...

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