DECRETO 141/2014, de 5 septiembre, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de CulturArts Generalitat, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La puesta en marcha durante el año 2013 de la entidad CulturArts Generalitat, así como los cambios realizados en su estructura, contemplan un escenario de competencias y actividades que aconseja modificar algunos de los artículos de su Reglamento, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell, con el fin de mejorar su funcionamiento y adecuarlo a sus necesidades reales. Este decreto se dicta al amparo del artículo 18.f de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, que le atribuye «ejercer la potestad reglamentaria, de acuerdo con la Constitución Española, el Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana y las Leyes».

En virtud de ello, previa puesta en conocimiento y aprobación de la presente modificación por el Consejo de Dirección de CulturArts Generalitat, emitido el informe jurídico preceptivo de la Abogacía General de la Generalitat, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 5 de septiembre de 2014,

DECRETO

Artículo único Artículos del Reglamento afectados por la modificación

Se modifican los artículos 2, 4, 7, 8, 10 y 18 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de CulturArts Generalitat, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell, que quedan redactados en los términos que figuran en el anexo de este decreto.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única. Régimen transitorio de las unidades y puestos de trabajo de nivel administrativo

  1. Las unidades y puestos de trabajo de nivel administrativo continuarán subsistentes y seguirán dando el soporte administrativo en relación con aquellos asuntos y expedientes que les correspondan por razón de la materia, sin perjuicio de la competencia para resolver de los órganos a quienes les ha sido atribuida, realizándose su retribución con cargo a los mismos créditos presupuestarios. Todo ello hasta que se lleven a cabo las modificaciones o actuaciones que procedan en los mismos en el marco de la vigente normativa en materia de función pública. Asimismo, desde el momento de la entrada en vigor del presente Decreto se podrán producir los cambios de adscripción de puestos de trabajo de nivel administrativo que procedan, de conformidad con la asignación de competencias efectuada.

  2. En tanto la Consellería de Hacienda y Administración Pública no efectúe las modificaciones presupuestarias derivadas del presente reglamento, las distintas unidades gestionarán los créditos relativos a las competencias que les han sido atribuidas.

DISPOSICIÓN FINAL

Única. Entrada en vigor

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Cheste, 5 de septiembre de 2014

El president de la Generalitat, ALBERT FABRA PART

La consellera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA JOSÉ CATALÁ VERDET

ANEXO

Nueva redacción de los preceptos afectados por la modificación

del Reglamento de Organización y Funcionamiento de CulturArts Generalitat, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero, del Consell.

Artículo 2. Finalidad y funciones

1. La entidad de derecho público CulturArts Generalitat tiene como finalidad el desarrollo y la ejecución de la política cultural de la Generalitat en cuanto concierne al conocimiento, tutela, fomento, recuperación, conservación, restauración, estudio, investigación, promoción y difusión de las artes escénicas, musicales, y plásticas en todas sus variedades y los museos en particular, del patrimonio sonoro, audiovisual y de la cinematografía, así como de la documentación específica que hayan ido generando estas artes a lo largo de los siglos, y, en general, de todos los bienes culturales integrantes del patrimonio cultural, dando relevancia al valenciano, con especial dedicación a la recuperación conservación, restauración, catalogación y difusión del patrimonio artístico en estas materias.

2. Las funciones propias de CulturArts Generalitat para el cumplimiento de sus fines, sin perjuicio y con sujeción, en todo caso, a las funciones atribuidas a la Consellería con competencias en materia de cultura, son las siguientes:

a) La programación, gestión, producción y exhibición de actividades de naturaleza cultural que se desarrollarán en las instalaciones propias de CulturArts Generalitat, así como en aquellos espacios que, aun no siendo de su titularidad, se encontrasen bajo acuerdos o convenios de cesión.

b) Desarrollar y fomentar las unidades artísticas estables de titularidad de la Generalitat y cuantas otras se le encomienden.

c) Proteger, conservar y promover el enriquecimiento de los bienes que integran el patrimonio cultural tutelado por CulturArts Generalitat, y la defensa, promoción, localización, adquisición e investigación del patrimonio cultural en general, siempre que exista una justificación en la intervención o a través de la cooperación al desarrollo, con especial atención al valenciano, como elemento básico de nuestra cultura y economía, sin perjuicio de las competencias y potestades administrativas que ejerce la Consellería con competencias en materia de cultura.

d) La gestión de los museos de titularidad de la Generalitat que le sean encomendados por la consellería con competencias en materia de cultura, así como la realización de actividades museísticas, en coordinación con los centros adecuados en cada caso...

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