DECRETO 24/2007, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer). [2007/2564]

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DECRETO 24/2007, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer). [2007/2564]

DECRETO 24/2007, de 23 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer).

[2007/2564] I El Decreto 60/2002, de 23 de abril, del Consell, aprobatorio del Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer), supuso la incorporación de las exigencias que, en materia de seguridad de personas y bienes y de bienestar animal, fueron precisas para que estos festejos pudiesen realizarse con las adecuadas garantías para público y participantes. Con posterioridad, la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos, ha incorporado nuevos requerimientos de seguridad, tanto activa como pasiva, para el público y asistentes, así como de responsabilidad en todo tipo de espectáculos públicos y actividades recreativas que necesariamente exigen una actualización del Reglamento de Festejos Taurinos Tradicionales en la Comunitat Valenciana (Bous al carrer). Junto con esta tarea de actualización se ha considerado oportuno introducir la regulación de las plazas de toros portátiles y adaptar el régimen sancionador existente en materia de espectáculos y festejos taurinos a las peculiaridades de los festejos taurinos tradicionales de la Comunitat Valenciana.

El nuevo reglamento tiene en cuenta las prescripciones de la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre Potestades Administrativas en Materia de Espectáculos Taurinos, así como del Real Decreto 145/1996, de 2 febrero, por el que se modifica y da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos, sin perjuicio de que se trata de una competencia exclusiva de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1.30 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana.

El reglamento se estructura, pues, en cuatro partes: los festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana, las plazas de toros portátiles, el régimen disciplinario y la Comisión Consultiva de Festejos Taurinos Tradicionales (Bous al carrer) de la Comunitat Valenciana.

II En el título I se recoge la regulación de los festejos taurinos tradicionales de la Comunitat Valenciana, modalidades, condiciones y requisitos para su autorización.

No puede soslayarse que estos festejos, que gozan de una gran implantación en la Comunitat Valenciana, conllevan unos riesgos específicos que obligan a introducir específicas medidas de seguridad para garantizar al máximo la integridad de personas, animales y bienes.

Las adoptadas hasta el momento se han evidenciado como adecuadas, sobre todo las relativas a la seguridad pasiva; no obstante, se introducen en este punto algunas novedades en relación a la estabilidad y resistencia de los elementos de protección y cerramiento. En cuanto a las activas, el teléfono de emergencias 112 se ha mostrado como un medio rápido y eficaz de coordinación de las distintas Administraciones a la hora de intervenir cuando se ha producido el infortunio.

En fin, con esta norma, como con las anteriores, se trata de compatibilizar el principio de libertad de los participantes en estos festejos, con las necesarias condiciones de seguridad que deben reunir los recintos e instalaciones, y la determinación de unos requisitos mínimos imprescindibles que garanticen la seguridad de los actuantes y espectadores. Con independencia de la responsabilidad personal de aquellos que libremente participen en los festejos, los organizadores deberán tener cubierta su responsabilidad mediante la contratación del preceptivo seguro, en la cuantía adecuada para cubrir los riesgos o accidentes que con motivo del festejo taurino puedan producirse. Todo ello obliga, asimismo, a definir quiénes son meros espectadores y quiénes participan activamente en el festejo.

El desarrollo y fomento de modalidades previstas en el Decreto 60/2002, de 23 de abril, del Consell, obliga a que se incorporen y adapten las medidas pertinentes para que puedan desarrollarse estas manifestaciones de los festejos taurinos tradicionales sin que se produzca ninguna merma en las condiciones de seguridad exigib...

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