DECRETO 66/2007, de 27 de abril, del Consell, por el que se desarrolla el Registro de Terrenos Forestales Incendiados de la Comunitat Valenciana creado por la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunitat Valenciana. [2007/5499]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Territorio y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 66/2007, de 27 de abril, del Consell, por el que se desarrolla el Registro de Terrenos Forestales Incendiados de la Comunitat Valenciana creado por la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunitat Valenciana. [2007/5499] El artículo 49.1.10ª. del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, asigna a la Generalitat competencias exclusivas en materia de montes, aprovechamientos forestales y servicios forestales, vías pecuarias y pastos, espacios naturales protegidos y tratamiento especial de zonas de montaña, de acuerdo con lo dispuesto en el número 23 del apartado 1 del citado artículo 149 de la Constitución Española. Igualmente el Estatut d'Autonomia, en su artículo 50.6, y en el marco de la legislación básica del Estado y, en su caso, en los términos que la misma establezca, reconoce a la Generalitat el desarrollo legislativo y la ejecución del régimen de protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de la Generalitat para establecer normas adicionales de protección.

La Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunitat Valenciana, en su artículo 59 recoge y establece importantes medidas cautelares para aquellos terrenos forestales que hayan sido afectados por incendios, y a tal objeto crea el Registro de Terrenos Forestales Incendiados, en el que se inscribirán, con suficiente detalle, las superficies y perímetros de los mismos. Este Registro queda adscrito al organismo de la Generalitat con competencias en materia de medio ambiente.

Asimismo, su Reglamento, aprobado por Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Consell, concede de forma exclusiva a ese mismo organismo la competencia en la elaboración de las estadísticas oficiales de incendios forestales.

Tanto el Decreto 6/2004, de 23 de enero, del Consell, por el que se establecen normas generales de protección en terrenos forestales incendiados, como de manera especial la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje, contemplan medidas cautelares en terrenos forestales incendiados.

Desde 1993, año de creación del Registro, se ha producido un gran cambio en los medios, procedimientos y sistemas cartográficos existentes, así como un importante incremento en la demanda de información en materia ambiental y en concreto en materia de incendios forestales, para atender a esa demanda en la presente norma se incluyen formatos específicos para solicitar la información, asegurando plazos y procedimientos que redundarán en beneficio de los peticionarios.

A la vista de lo expuesto, al objeto de desarrollar y regular el Registro de Terrenos Forestales Incendiados de la Comunitat Valenciana, dotarle de un régimen jurídico procedimental propio, para posibilitar un adecuado cumplimiento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, de la Generalitat, Forestal de la Comunitat Valenciana, y de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación...

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